Aplicación de la “Ley Bonasso”

Antes de agarrar el hacha, hay que llenar el formulario

Con el decreto 042/09 la provincia impuso una zonificación que regula la utilización del bosque nativo. La mayoría tendrá que presentar un “plan de manejo sustentable” antes de realizar cualquier uso del monte.

Juan Manuel Fernández

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Con la sanción de la Ley nacional 26.331 de “presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos” (más conocida como Ley Bonasso), quedó restringida la utilización que puedan hacer los productores agropecuarios de los recursos forestales que tengan en sus establecimientos.

En la provincia de Santa Fe, como lo requiere la norma nacional, se realizó una zonificación que entró en vigencia mediante la sanción del decreto 042, firmado este año por el gobernador Hermes Binner, en el que se determinan tres categorías de uso del monte relacionadas con un color: rojo para las áreas “intocables”, amarillo donde se requerirá un plan de manejo sustentable (la mayor parte del territorio), y verde para las áreas de libre uso.

Hasta que la zonificación se instituya por una ley provincial, y los pedidos de autorización para el uso del monte tengan que hacerse más detallados y por un ingeniero agrónomo, se le pedirá a los productores que completen una planilla que deberán retirar y luego entregar en su municipio o comuna.

“Nosotros lo que pretendemos con los planes de manejo es no aprobar cualquier cosa sino aquellos que tienen una utilización racional del monte; por ejemplo la de los hacheros de subsistencia o para leña, pero de ninguna manera un desmonte para su posterior uso agrícola”, detalló César Mackler, titular de la Secretaría de Medioambiente, autoridad de aplicación de la norma.

Gira informativa

Con el objetivo de informar a intendentes, presidentes comunales y productores, desde la cartera que conduce Mackler se organizó una serie de charlas en pueblos y ciudades del interior provincial. La última tuvo lugar el 26 de marzo en Helvecia, cabecera del departamento Garay.

Allí, el funcionario explicó que la zonificación divide el territorio en zonas rojas, verdes y amarillas para designar aquellas áreas en las que no se puede hacer ningún uso del bosque, donde puede hacerse una intervención racional presentando un plan de manejo y en aquellos lugares donde no hay ninguna restricción en el uso del recurso, respectivamente.

Las zonas rojas representan menos de un 10% del territorio provincial. “En realidad, en primera instancia —y esto luego será estudiado con mayor detalle para sancionar la ley— solamente se incluyeron las áreas naturales protegidas y los cursos superficiales de agua, como ríos y arroyos, 100 metros a cada lado de las márgenes”, precisó.

A su vez, Mackler resaltó que la mayor parte de la provincia fue caracterizada en zona amarilla “porque pretendemos que pueda trabajarse en el bosque pero haciendo una utilización racional y para eso debe presentarse un plan de manejo en la Secretaría”, donde se evaluará y aprobará o rechazará el pedido de uso del bosque.

Por ahora, una planilla

Justamente, una de las principales razones de la reunión en Helvecia fue instruir a los productores en cómo armar esos planes de manejo provisorio que, a juicio del funcionario, “son relativamente sencillos”. Una vez que la zonificación sea por ley, “va a tener que presentarse un plan de manejo más específico” y la confección deberá estar a cargo de un ingeniero agrónomo. Mientras tanto, en esta primera instancia se diseñó una planilla “muy sencilla” que puede retirarse y entregarse, una vez completada, en la Secretaría o en su municipio o comuna.

A fin de orientar rápidamente a los productores para que sepan en qué categoría de uso del bosque nativo se encuentra su establecimiento, Mackler precisó que la zona sur de la provincia (donde predomina la actividad agrícola) “la mayoría es verde”, y agregó: “todo lo que sea ríos y arroyos 100 metros a cada margen es rojo y el resto es amarillo”. Sobre todo a los productores del norte, les recomendó que se acerquen a las reuniones y, completando las planillas, acelerar los tramites para poder utilizar los recursos forestales de sus establecimientos.

Asimismo, mencionó que se exceptúa a “todos aquellos aprovechamientos realizados en establecimientos en superficies menores de diez hectáreas que sean propiedad de comunidades indígenas o pequeños productores”.

Menos del 10% del territorio se incluyó en la categoría de “intocable”; comprende áreas naturales y 100 metros a cada lado de ríos y arroyos

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el dato

¿En qué zona se encuentra su establecimiento?

Si un productor agropecuario o propietario de un campo en territorio santafesino quiere conocer qué tipo de uso puede hacer del bosque nativo puede hacerlo de las siguientes maneras: observando el mapa coloreado que se publica en el sitio oficial del gobierno provincial (www.santafe.gov.ar) o bien llamando por teléfono a la Secretaría de Medioambiente (0342-4579212).

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Excepto los chicos. La Ley de Bosques no incluye a establecimientos menores a 10 hectáreas que sean propiedad de comunidades indígenas o pequeños productores.

Foto: juan manuel fernández

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Nosotros lo que pretendemos con los planes de manejo es no aprobar cualquier cosa sino aquellos que tienen una utilización racional del monte

César Mackler

Secretario de Medioambiente de la provincia de Santa Fe