RESPALDO DE INDUSTRIALES
La Corte rechazó una medida impositiva de la ciudad de Córdoba
La Municipalidad pretendía cobrarle una tasa a empresas que vendían sus productos en la ciudad pero los fabricaba y tenía oficinas en otra jurisdicción.
De la Redacción de El Litoral
Industriales respaldaron hoy un fallo de la Corte Suprema de Justicia que echó por tierra el intento de la Municipalidad de Córdoba de cobrarle el denominado “impuesto a la valija” a empresas que no están radicadas dentro de esa comuna.
Tanto la Municipalidad de la capital provincial, como también otras comunas, pretendían imponer, bajo la forma de una tasa, un impuesto a empresas que vendían sus productos dentro de su jurisdicción pero que no tenían ni plantas ni oficinas en la ciudad.
“El avance impropio de varias Municipalidades de esta provincia, mediante legislaciones que atentan contra la seguridad jurídica que debe primar en la aplicación de todo tributo, causa una profunda preocupación a los empresarios”, dijo la Unión Industrial de Córdoba (UIC) en una nota.
Causa
La causa había sido iniciada por el Laboratorio Raffo, el que había soportado el rechazo de su reclamo en todas las instancias judiciales, incluso hasta el Tribunal Superior de Justicia provincial.
Por ello, la empresa inició un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que finalmente le dio la razón.
La Corte entendió que el “impuesto a la valija” es un verdadero gravamen, lo cual no le está permitido cobrar a los municipios y convalidó el principio de que las comunas sólo están habilitadas a cobrar “tasas” esto es un pago a cambio de la prestación de un servicio.
La denominación de “impuesto a la valija” se debe a que el gravamen pretendía alcanzar a las ventas realizadas por viajantes de comercio, que van de pueblo en pueblo con una valija ofreciendo sus productos.




