Convenio con el Colegio de Escribanos
Convenio con el Colegio de Escribanos
Dan un nuevo paso para la regularización dominial de viviendas permanentes
De la redacción de El Litoral
En un acto que presidían el gobernador Hermes Binner y el ministro de Desarrollo Social, Pablo Farías, la provincia suscribía al cierre de la presente edición un convenio con el Colegio de Escribanos para la instrumentación de las escrituras públicas otorgadas en el marco de la ley nacional de Regularización Dominial para los poseedores de inmuebles urbanos y cuyo destino es la casa única y permanente. El acto se realizaba en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno.
El acuerdo permitirá que la Coordinación Ejecutora para la Regularización Dominial realice junto con el Colegio de Escribanos las escrituras públicas que se deban otorgar en cumplimiento de la ley nacional Nº 24.374.
Dicha ley establece la regularización “en favor de ocupantes que acrediten la posesión pública, pacífica y continua durante tres años de inmuebles urbanos que tengan como destino principal la casa habitación única y permanente y reúnan las características previstas en la reglamentación”. En dicho marco, podrán regularizar su situación la esposa o esposo y sucesores del poseedor originario (que hayan continuado la posesión del inmueble), los que sin ser herederos hubiesen convivido con el poseedor originario (recibiendo trato familiar), los que continuaron con la posesión a través de un acto legítimo (transferencia de boleto o cesiones), y quienes tengan un documento que acredite la posesión pacífica y de buena fe del inmueble.
Uno de los objetivos primordiales de la ley nacional y del decreto reglamentario es “favorecer la posesión segura de la vivienda, situación que libera a las familias de los temores, amenazas, clientelismo y hostigamientos que genera la precariedad de una situación dominial irregular”, se explicó.
Primer paso
Consultada por El Litoral, la titular del Colegio de Escribanos de la provincia, Carmen Beltramino, explicó que la rúbrica corresponde a un acuerdo marco dentro del cual se celebrarán otros más específicos que permitan hacer operativa la ley.
“Este acuerdo permitirá colaborar en la redacción de escrituras o actas notariales de quienes no tengan ningún instrumento que acredite el dominio de la propiedad o finca que están ocupando”, comentó Beltramino.
Según dijo, el Colegio pone a disposición del Ministerio de Desarrollo Social “tanto el personal como las instalaciones que se necesitan para llevar a cabo los trámites y la nómina de escribanos con los que se podrá contar”, y aclaró que la rúbrica de hoy la realizaba en carácter también de presidenta del Consejo Superior de Escribanos, por lo que el acuerdo tiene validez provincial.
Respecto de cómo se llevarán a la práctica los alcances de este convenio, aclaró que “cuando todo esté organizado, el Ministerio de Desarrollo Social dará publicidad para informar cómo tienen que proceder los interesados. Este es el principio para poder organizarse”, expresó. Beltramino dijo que desconoce el número de familias que se encuentran en una situación dominial irregular y que podrán ser beneficiadas con esta ley, pero aseguró que son “muy numerosas”.
En Santa Fe
La ley nacional de regularización dominial fue promulgada parcialmente en septiembre de 1994. Pero el Congreso modificó su primer artículo a través de la ley Nº 26.493, de marzo de este año, para corregir la fecha a partir de la cual se debían incluir a los potenciales beneficiados. Allí se estableció que fuese “con anterioridad del 1º de enero de 2009” en lugar de “con anterioridad al 1º de enero de 1992”.
Como el artículo 5 de la ley original estableció que las provincias determinarán la autoridad de aplicación, el gobierno de Santa Fe designó en tal carácter al Ministerio de Desarrollo Social, del que dependerá la Coordinación Ejecutora Provincial para la Regularización Dominial.
En el ámbito de la provincia, el Poder Ejecutivo designó al Ministerio de Desarrollo Social como autoridad de aplicación de la ley nacional, y creó la Coordinación Ejecutora para la Regularización Dominial que deberá aplicar la norma. También estableció que dicha Coordinadora contase con sub-coordinaciones que funcionarán en los cinco nodos: Santa Fe, Rosario, Rafaela, Reconquista y Venado Tuerto.
Esa entidad deberá coordinar con los nodos, municipios y comunas, entidades intermedias y organizaciones no gubernamentales “la realización de relevamientos, trámites y diligencias” relacionadas con el acogimiento al mencionado régimen. Las solicitudes de adhesión serán recibidas por la Coordinación Provincial.
/// EL DATO
Gratuidad
Según reza el tercer artículo de la ley original, los beneficiarios del régimen en cuestión “gozarán de la gratuidad en todos los actos y procedimientos contemplados en esta ley”. Asimismo, detalla en su artículo 4º que quedarán excluidos del beneficio los propietarios o poseedores de otros inmuebles con capacidad para satisfacer sus necesidades de vivienda así como aquellos inmuebles cuyas características excedan las fijadas en la reglamentación.