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Qué cambiará con la nueva ley

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De abajo hacia arriba, José Pampuro, Miguel Pichetto y Nicolás Fernández. La línea dura del oficialismo, que defendió a rajatabla -y logró- la aprobación sin cambios del proyecto.

Foto: DyN

Una nueva y controvertida autoridad de aplicación. Fuertes límites a los multimedios y la correlativa y cuestionada obligación de desprenderse de activos. Regulación del cable y contenidos locales.

 

Emerio Agretti

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La Ley de Servicios Audiovisuales, sancionada hoy, entre sus principales efectos directos -y más allá de la intencionalidad o derivaciones políticas que se vinculen a ellos- limita fuertemente a los multimedios, regula a las compañías de televisión paga y divide al espectro radioeléctrico en tres partes iguales, destinadas a medios comerciales, de ONGs y estatales. Los medios serán regulados por un organismo que dependerá de la Secretaría de Medios, cuya composición es uno de los aspectos más cuestionados de la norma (ver Organismos).

* Límites a los multimedios. La vieja ley permitía a las empresas tener hasta 24 licencias para operar radios y canales de televisión en el país. Ahora se limitan a 10. Además, quien sea operador de un canal de aire no puede tener en la misma ciudad un canal de cable, limitación que no existe en otros países.

Sólo se puede tener en la misma área una radio AM y hasta dos FM. Los operadores de cable podrán dar el servicio hasta en 24 localidades y no podrán tener más de 35 % de los abonados de todo el país.

Una empresa de televisión satelital sólo podrá tener una licencia. No podrá operar una radio o un canal de televisión abierta. Deberá, además, tener una señal propia nacional (por ejemplo, hoy DirecTV no la tiene).

* Regulación del servicio de televisión por cable. La empresa que se dedica a distribuir, a través de un servicio de cable, no puede generar contenidos. Es decir: no puede tener un canal de aire o más de un canal de cable.

Tampoco se permite superponer avisos locales a la señal de un canal de cable que no sea propia.

* Cláusula de desinversión. Los grupos que excedan los límites establecidos tendrán un año desde la reglamentación de la ley para desprenderse de ellos. La duración de este período fue uno de los principales cuestionamientos de la oposición. Y también, la sospecha de que esto genere un gigantesco “botín” de medios, que el gobierno pondría a disposición de sus amigos, favoreciéndolos en las licitaciones.

Esta cláusula es también la que dará lugar a presentaciones judiciales, invocando la violación de derechos adquiridos.

* Distribución del espectro radioeléctrico, a través del cual se propagan las señales de radio y televisión. Se divide en tres partes iguales: para usos comerciales, de ONGs y de medios estatales. El argumento oficial es que de esta manera se generará una mayor amplitud de voces, aunque los flamantes medios deberán garantizarse el interés de la audiencia y también la sustentabilidad económica, probablemente provista por subsidios estatales.

Legisladores de la oposición consideraron que, de no aplicarse pautas similares a las que se impondrán a medios comerciales, también pueden crearse monopolios en el sector de radios de ONGs, por ejemplo. Y que, en muchos casos, las organizaciones pueden estar alineadas con el gobierno.

* Regulación de contenidos. La ley prohíbe emitir programación sexista y discriminatoria, entre otras restricciones. Más allá de ello, se advierte una herramienta para intentar controlar a los medios en la revisión bianual de las licencias otorgadas, ya que esto permitiría al gobierno castigar a los críticos y, con ello, influir en la línea editorial. La réplica oficial es que esta revisión se limita a cuestiones técnicas -ante el caso de adelantos tecnológicos que pudieran desvirtuar las disposiciones antimonopólicas- y que las licencias son por diez años, renovables por otros diez.

Por otra parte, las radios no podrán hacer dúplex, es decir, repetir la programación de AM en FM.

* Cupos de producción nacional. La norma introduce cuotas en las programaciones de canales de televisión y en las radios, para que incluyan películas, telefilms y otras producciones culturales de origen nacional. Distingue, además, para el caso de la música, entre las producciones de las grandes empresas discográficas y las independientes.

Organismos

La actual ley dice que el Comfer es dirigido por un representante de cada fuerza militar, otro de la Side y otros de las empresas. Por eso, siempre hay un interventor, elegido por el Poder Ejecutivo.

Ahora, habrá una autoridad de aplicación integrada también por la oposición, aunque con mayoría del oficialismo: tres miembros designados por el Ejecutivo, previsiblemente dos de los tres que corresponden al Congreso y seguramente los dos que escoge el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, un órgano multitudinario donde tendrán primacía numérica los representantes de los gobiernos provinciales.

Efectivamente, este Consejo se integrará con tres representantes por las entidades que agrupen a prestadores privados; tres por las entidades que agrupen a los prestadores sin fines de lucro; tres representantes de las entidades sindicales de los trabajadores de los medios de comunicación; un representante de cada una de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires; uno por las emisoras de las universidades nacionales; un representante de universidades nacionales que tengan facultades o carreras de Comunicación; uno de los medios públicos; uno de las sociedades gestoras de derechos y un representante de los pueblos originarios.

Una de las críticas a este esquema es su atentado al federalismo y el avance sobre las facultades provinciales, porque mientras la regulación de otras profesiones liberales -como abogados o ingenieros- permanece en este ámbito, la ley otorga a la autoridad de aplicación la atribución de registrar y habilitar al personal técnico y de locución.

Por otra parte, se crea la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual y el defensor público será elegido por resolución conjunta de ambas Cámaras a propuesta de la Comisión Bicameral Parlamentaria que crea la ley.

La Comisión Bicameral parlamentaria se integrará por ocho diputados nacionales y ocho senadores, que entre otras funciones deberá evaluar el desempeño de los miembros del directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y del defensor del Público.

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“La jornada terminó con una propuesta transformadora de verdad para los argentinos”.

Aníbal Fernández,

jefe de Gabinete al término de la sesión en el Senado.

Litigiosidad

El jefe del bloque del radicalismo en el Senado, Ernesto Sanz, afirmó esta mañana que de la Cámara Alta “ha salido una mala ley, que va a generar una alta litigiosidad. Las tachas de inconstitucionalidad, los errores groseros de redacción, la van a tornar en una ley litigiosa y de dudosa aplicación en la práctica. Hay veces que hay derrotas que son triunfos y triunfos que son derrotas”.

/// el dato

Perjudicados

El grupo Clarín deberá vender Canal 13 si quiere mantener el servicio de cable. Además deberá desprenderse de abonados, ya que tiene el 50% y no podrá superar el 35%. El Grupo Uno, de Daniel Vila y José Luis Manzano, es dueño de Supercanal, la tercera red de cable del país, pero tiene además 19 radios y canales; y no puede tener más de 10 licencias. Lo mismo le pasa al español Grupo Prisa, dueño de Continental, que también tiene 19.

/// la clave