Peleas por la autoridad de aplicación

Diferencias en Diputados para

adherir al registro de adoptantes

Dictámenes diferentes entre el Frente Progresista y el justicialismo. Gastaldi, tercera posición. Con cambios, fue votado el proyecto que prohíbe la exportación de agua dulce o potable.

Mario Cáffaro

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La Cámara de Diputados votó y giró al Senado un proyecto de ley por el cual la provincia adherirá a la ley 25.854 que creó un Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos con posiciones diferentes entre los distintos bloques que no pudieron ser saldados en el paso de comisiones ni en la semana más de plazo que se dio el cuerpo siete días atrás. Es más, el justicialista Jorge Lagna intentó -infructuosamente- en el medio de la sesión convencer a sus pares radicales de volver el tema a comisión para buscar un acuerdo.

Las diferencias no saldadas en la Cámara Joven refieren a la autoridad de aplicación que el oficialismo optó por dejarla en manos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mientras que un amplio sector del justicialismo propicia que sea la Corte Suprema de Justicia. Por su parte, el también justicialista Marcelo Gastaldi entiende que debe estar en manos de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia que funciona en el Ministerio de Desarrollo Social.

En el recinto, no fueron fundamentados ninguno de los dos dictámenes de Asuntos Constitucionales. Apenas Lagna, Rosario Cristiani, Luis Rubeo, Alejandra Vucasovich y Oscar Urruty pidieron que conste el voto contrario al despacho de mayoría. En cambio, Gastaldi dijo estar obligado a fundar la postura referida a la autoridad de aplicación. Explicó que la futura norma no puede analizarse sin tener en cuenta la Convención Internacional de los Derechos del Niño. “El Registro se vincula necesaria y excluyentemente con los posibles niños dados en adopción o que se encuentren en situación de adoptabilidad” para recordar que la Legislatura sancionó en abril la ley de promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

“El Registro tendrá una incidencia distinta en niños cuyos progenitores decidan voluntariamente la entrega en guarda preadoptiva a un determinado grupo familiar, que respecto de aquéllos cuyos derechos hayan sido o sean vulnerados y se encuentren comprendidos en el marco de las medidas de protección integral o de protección excepcional receptadas en la ley 12.967. La autoridad de aplicación de dicha norma es la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia. Gran parte de los niños en situación de adoptabilidad hallarán una actuación previa de la subsecretaría por lo que resulta a todas luces conveniente que sea esa misma repartición administrativa la autoridad de aplicación del Registro. Los mismos equipos interdisciplinarios que se han previsto para la subsecretaría podrán avocarse al Registro con unidad de criterio y de trabajo”, concluyó el rosarino.

Otros temas

Por otra parte, Diputados votó con modificaciones y remitió en segunda revisión al Senado una iniciativa de Ricardo Kaufmann (PJ-Garay) prohibiendo la exportación de agua dulce o potable a granel, agua obtenida de fuentes agotables superficiales o subterránea. También del Senado, el cuerpo sancionó un proyecto de Héctor Aquino (UCR-Constitución) modificando la estructura judicial de los tribunales de Villa Constitución.

Además, y sobre tablas, votó un proyecto de ley del kirchnerista Gerardo Rico ampliando por 90 días el plazo para acogerse a las leyes 9.528 y 12.833 que prevén el reingreso a la planta del personal del Estado a los agentes cesanteados por la aplicación de leyes de prescindibilidad durante el gobierno militar en la provincia.

Ley 25.854

El Poder Ejecutivo Nacional promulgó el 6 de enero de 2004 la ley 25.854 que fue sancionada el 4 de diciembre de 2003 y que crea “el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, con asiento en el Ministerio de Justicia de la Nación, el que coordinará sus actividades, a efectos del contralor y procesamiento del material” al que ahora pretende adherir Santa Fe.

Este registro tendrá por objeto formalizar una lista de aspirantes a guardas con fines de adopción, la que será denominada “nómina de aspirantes”. En cuanto a las provincias, previa firma y convenios con el Ministerio de Justicia, podrán disponer de una terminal de enlace informático con el registro, a los efectos de acceder a la información contenida en el mismo.

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