El martes anunciarán el plan de regularización tributaria

El fisco santafesino ofrece planes para contribuyentes morosos

Pretenden recaudar unos 100 millones de pesos hasta fin de año. La deuda es tres veces mayor. Algunos alcances de la norma sancionada por la Legislatura.

 

Mario Cáffaro

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El Ministerio de Economía anunciará el martes la puesta en marcha del plan de regularización tributaria habilitado por la Legislatura en la Ley 13.066, norma que dispuso la creación del “fondo transitorio de emergencia salarial para la administración pública”. El objetivo es ingresar al fisco en el presente ejercicio fiscal cien millones de pesos de los más de 300 adeudados por contribuyentes santafesinos.

“La propuesta será beneficiosa para aquellos que opten por pagar al contado o en forma inmediata la deuda”, dijo Sergio Beccari, subsecretario de Ingresos Públicos, quien con sus colaboradores y las conducciones de API y Catastro está dando las puntadas finales al programa que será presentado oficialmente el primer martes de abril.

“Es un plan de regularización, no una moratoria”, aclaró el funcionario, teniendo en cuenta las diferencias que ofrecen ambos sistemas.

En la Ley 13.066, 19 son los artículos que tiene el título II, que contempla el plan de regularización, el cual fue propiciado por los propios diputados oficialistas de la Comisión de Asuntos Laborales. En la discusión del presupuesto 2010, los senadores justicialistas incluyeron un plan de regularización que fue vetado por el Poder Ejecutivo.

El plan de regularización es para obligaciones fiscales devengadas al 31 de diciembre último, hasta un monto máximo de 5 millones de pesos “por tributo cuya titularidad corresponda a un mismo contribuyente, cualquiera fuese su estado, aun cuando se encuentren con resolución firme, intimadas, en proceso de determinación, en trámite de reconsideración o apelación ante el Poder Ejecutivo o ante la Justicia, sometidas a juicio de ejecución fiscal o incluidas en regímenes de facilidades de pago, hubiesen o no caducado los correspondientes beneficios”.

Se aclara que “los montos de deudas que excedan el límite previsto en el párrafo anterior no gozarán de ninguno de los beneficios de la ley”. En cambio, excluye expresamente a contribuyentes con proceso penal abierto por delitos tributarios referidos a impuestos provinciales y los agentes de retención y/o percepción por los importes que hubiesen retenido o percibido oportunamente, y que no fueron ingresados al fisco, así como las multas por defraudación en concepto de Impuesto Inmobiliario. También se excluyen los agentes de retención y/o percepción por los impuestos, tasas o contribuciones que hubiera correspondido retener y/o percibir y no efectuaron las retenciones y/o percepciones.

Los tributos a regularizar son Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos, aportes sociales Ley 5.110, contribución de mejoras, impuesto a las actividades hípicas, patente, tasa retributiva de servicios y los aportes al instituto becario.

Cobro ya

“Vamos a apuntar a que el contribuyente salde su deuda de la manera más rápida posible y esperamos tener una buena adhesión en el mismo mes de abril”, anticipó Beccari. La decisión es facilitar el acceso electrónico y las herramientas informáticas del contribuyente sin la necesidad de hacer colas en las oficinas de API. Por otra parte, la administración enviará liquidaciones del Impuesto Inmobiliario al domicilio del contribuyente con alternativa de pago al contado o en hasta 12 cuotas.

La ley prevé quita de intereses pero no de capital, y las deudas se podrán pagar en un máximo de 36 cuotas, habiendo planes especiales para pequeños contribuyentes.

A aquellos que paguen sus deudas al 30 de abril se les realizará una quita del 50 % en los intereses y 70 % de multa, y a los que se acojan antes del 31 de mayo se les va a hacer una quita del 35 % de intereses y 50 % de multas. A quienes hagan convenios de hasta doce cuotas se les efectuará una quita del 20 % de intereses, y aquellos que opten por pagar en más de 12 cuotas no obtendrán beneficio alguno.

Para acceder al plan, los contribuyentes deberán estar al momento del acogimiento con las obligaciones pagas del correspondiente año.

La ley aclara que la falta de pago de tres cuotas consecutivas o alternadas implicará la caducidad del convenio y, mientras dure la vigencia de la norma, la API comunicará a los ejecutores fiscales que deberán abstenerse de iniciar y/o proseguir acciones judiciales y también deberán suspender o paralizar los juicios durante igual período”.

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Beccari define los últimos aspectos del plan a presentar el martes.

Foto: El Litoral

Mesa

Beccari señaló que es propósito de su área volver a poner en funcionamiento una mesa de trabajo con los Consejos de Profesionales en Ciencias Económicas de la provincia y están ya agendadas reuniones con ambas entidades para mediados del presente mes.

“Estamos dispuestos a atender los reclamos de modernización de la API, pero pretendemos tener el aporte del sector a lo que consideramos un sistema tributario distorsivo que tiene hoy la provincia”, en alusión a la propuesta del Ejecutivo denegada en la Legislatura de gravar con Ingresos Brutos a sectores hoy exentos.