Por medio de una ordenanza

Recreo: exigen libre deuda de servicios para la transferencia de inmuebles

De la redacción de El Litoral

[email protected]

La Secretaría de Gobierno y Recursos de la Municipalidad de Recreo recuerda que rige la Ordenanza 1914/2010 donde se determina que previo a la emisión del Certificado de Libre Deuda Municipal se deberá solicitar a la Cooperativa de Provisión de Agua Potable, Gas Natural, Obras y Servicios Públicos y Asistenciales de Recreo Limitada la constancia de que no existen compromisos contraídos en relación a los servicios de agua potable y gas natural.

La normativa establece que “previo a la emisión del Certificado de Libre Deuda Municipal, los profesionales intervinientes y/o quienes resulten designados para la constitución de Derechos Reales y/o la incorporación de un inmueble al régimen de propiedad horizontal y/o al momento de escriturar transferencias dominiales sobre inmuebles ubicados en la jurisdicción de Recreo, deberán solicitar a la Cooperativa de Provisión de Agua Potable, Gas Natural, Obras y Servicios Públicos y Asistenciales de Recreo Limitada, el Certificado de Libre Deuda por obligaciones no cumplidas que reconozca el inmueble”.

En consonancia con las prescripciones de la Ley Nº 11.220, creadora del Ente Regulador de Servicios Sanitarios (Enress), la legislación argumenta que “resulta oportuno disponer el cumplimiento de esta obligación, brindándole al ente municipal una herramienta administrativa suficiente, capaz de asegurar el ajuste al ordenamiento impuesto en las normas relacionadas a tales efectos”.

Esta iniciativa reconoce “que proceder de forma contraria, genera perjuicios a la entidad cooperativista acreedora de dividendos por servicios no cumplidos, un perjuicio financiero significativo, hecho que representa claramente un acto de injusticia, sobre todo en aquellos actores con intereses legítimos directos en la protección y crecimiento de su patrimonio, y que por esta forma se ven perjudicados, habida cuenta que en la práctica jurídica, la modalidad del pedido de emisión del certificado de deuda por parte de los profesionales intervinientes a la Cooperativa, resulta poco común”.

Elaborado por los concejales Franco Passarelli y Carina Valli, y aprobado por unanimidad del Honorable Concejo Municipal, el instrumento legal constituye “una herramienta jurídica íntegra, capaz de solucionar las deficiencias que actualmente se evidencian, permitiendo mejorar el control y la ejecución de las deudas que un sector de la población tomadora del servicio mantiene” con la institución cooperativista.