EL DICTAMEN Apunta a la necesidad de proteger el patrimonio histórico local
EL DICTAMEN Apunta a la necesidad de proteger el patrimonio histórico local
Bustos: Fiscalía validó el acta de colaboración con Córdoba
En el documento, el fiscal de Estado Jorge Barraguirre ratificó el convenio de colaboración, para investigar la identidad de los restos exhumados en el templo de Santo Domingo.

Trabajo conjunto. El grupo interprovincial comenzó sus reuniones los primeros días de junio y hasta hoy no ha podido fallar sobre la identidad de los despojos. Foto: Mauricio Garín
Salomé Crespo
La Fiscalía de Estado provincial, a cargo del doctor Jorge Barraguirre, emitió un dictamen en el que ratifica la validez del acta acuerdo de cooperación celebrada entre la provincia de Santa Fe y Córdoba a los fines de resolver sobre la identidad de los restos extraídos en mayo del templo de Santo Domingo, que pertenecerían al caudillo cordobés Juan Bautista Bustos.
El acuerdo, suscripto por la ministra de Innovación y Cultura de Santa Fe, María de los Ángeles González; el ministro de Justicia de Córdoba, Luis Eugenio Angulo, y el secretario de Cultura de esa provincia, Jaime García Vieyra, “constituye el ejercicio razonable del poder de policía sobre bienes históricos y culturales de la provincia siendo un acto debido de las autoridades provinciales”, reza el dictamen.
A su vez, ordena elevar el informe a la Legislatura para que el cuerpo esté en conocimiento sobre las formas en que se está implementando la Ley Nº 7.723 de 1975. La norma autoriza el traslado de los restos mortales del Brigadier Bustos a Córdoba y faculta al Poder Ejecutivo para que acuerde con el gobierno de Córdoba el traslado, una vez probada la identidad de los restos.
Como aporte destacado, el dictamen de la Fiscalía sostiene que ante la posibilidad de que se trate de un santafesino, de los que es sabido están enterrados en el templo dominico, “la provincia debe cuidar, velar y tutelar el patrimonio histórico y cultural y arqueológico según la ley Nº 10.000 (de Intereses Difusos) y sólo está obligada al traslado de los despojos mortales del Brigadier Bustos pero no de los restos de personalidades notables santafesinas”. Por lo tanto, “la ministra actuante tiene no sólo facultades sino el deber de establecer el marco y las acciones de cooperación con el fin de implementar la ley Nº 7.723” .
De tal forma, el asesor legal provincial salva una posible litigación por parte de Santa Fe ante la manifiesta voluntad de ambas provincias de colaborar en el análisis e investigaciones bajo el imperio de la norma citada “con el fin de evitar que su patrimonio histórico cultural y arqueológico vaya a parar a otro sitio”.
Antecedentes y actuaciones
Como antecedentes de la disputa que hoy mantienen Córdoba y Santa Fe por la propiedad de los restos exhumados, el dictamen de Fiscalía cita las dudas que despertó la exhumación en instituciones y personas vinculadas al quehacer cultural e histórico de Santa Fe y la eventual pertenencia al patrimonio cultural local. También menciona la oportuna intervención de la Orden de los Dominicos y de la Comisión Nacional de Museos y Lugares Históricos, “por entender que los bienes que están en juego están fuera del alcance de la jurisdicción santafesina”.
Sobre el dominio de los cuerpos enterrados en el templo, la Fiscalía señaló que los restos de las personalidades santafesinas que yacen en el templo “no son del dominio público eclesiástico”. “El Código Civil atribuye a la iglesia o parroquias el dominio sobre sus templos y cosas sagradas y religiosas. Sin embargo, los cadáveres enterrados en las iglesias no pueden ser considerados bienes eclesiásticos porque no constituyen tales cosas sagradas, no son cosas en el sentido jurídico”, determina el texto, y refuerza la mención haciendo alusión a los derechos de los descendientes, herederos y parientes de los difuntos a los que considera “una especie de derecho personalísimo que está ante el derecho de dominio de las órdenes religiosas”.
A su vez, refiere que si se permitiese considerar que los cadáveres son de propiedad eclesiástica, “el derecho de dominio tiene importantes límites” a causa de que puede tratarse de un destacado santafesino o cordobés, es decir de un bien cultural histórico.
Finalmente, en el dictamen queda establecido que la provincia de Santa Fe para poder interferir sobre un decisión federal y de la Orden de los Dominicos, “necesitará algo más que la duda sobre la autenticidad de los restos hallados. Sino que deberá demostrar que existe evidencia clara y convincente que demuestra que se tratan de restos y vestigios de su patrimonio histórico, cultural y arqueológico”.