Sobre la reforma del Código Civil
Por Mons. José María Arancedo (*)
Sobre la reforma del Código Civil
Por Mons. José María Arancedo (*)
En su reciente Asamblea Plenaria el Episcopado Argentino ha presentado un documento titulado: “Reflexiones y Aportes, sobre algunos temas vinculados a la Reforma del Código Civil”. Lo considero un documento importante y con sólidos fundamentos racionales y jurídicos, en momentos que vamos a asistir a un hecho de “trascendencia” política en la vida del país. El Código Civil, por su carácter estable y modélico, al definir obligaciones y derechos de las personas e instituciones no es algo neutro, sino que a través de él se expresan doctrinas o corrientes de pensamiento que van a incidir en la vida y cultura de los argentinos. No podemos permanecer indiferentes a temas que requieren de una madura reflexión y amplia participación federal. Considero oportuna esta palabra de los obispos en un contexto de respeto, diálogo y participación. La Iglesia ofrece estas reflexiones orientadas a contribuir a la mejor reforma del Código Civil, en temas: “que consideramos de mayor importancia en orden a garantizar la dignidad de la vida concebida, el valor del matrimonio y la familia, y la protección de todos los derechos del niño”. No caben urgencias, concluye, en cuestiones de tanta trascendencia.
Los temas a los que se refiere la Iglesia giran en torno a la vida del hombre. Se trata de una realidad que compromete a las diversas instancias legislativas y jurídicas, en orden a lograr las mejores leyes que permitan al hombre alcanzar su plena realización y la tutela de sus derechos. La ley tiene un valor objetivo que define derechos y obligaciones de las personas e instituciones en el marco del bien común. Elaborar las leyes es función del Estado, no de la Iglesia. Pero ella tiene la obligación de colaborar con la sociedad en la búsqueda de aquellos principios morales objetivos como fundamento de toda obra legislativa, que son “accesibles a la razón, prescindiendo del contenido de la revelación” (Benedicto XVI). La fe no se opone a la razón, por el contrario, ambas están llamadas a colaborar en la búsqueda de la verdad. Cuando se encuentran son como: “la dos alas con las cuales el espíritu humano se eleva hacia la contemplación de la verdad” (Juan Pablo II). Es importante en estos temas no caer en descalificaciones fáciles que son signo de debilidad y no permiten crecer. La conciencia de un orden objetivo de valores morales, junto a la reflexión y el tiempo del legislador son garantía de leyes justas.
A esta tarea normativa que hace al cuidado y respeto de la vida del hombre, el Santo Padre la ejemplifica comparándola con la ecología: “La importancia de la ecología, dice, es hoy indiscutible. Debemos escuchar el lenguaje de la naturaleza y responder a él coherentemente. Sin embargo, (à.) hay también una ecología del hombre. También el hombre posee una naturaleza que él debe respetar y que no puede manipular a su antojo. El hombre no es solamente una libertad que él se crea por sí solo. El hombre no se crea a sí mismo. Es espíritu y voluntad, pero también naturaleza, y su voluntad es justa cuando él respeta la naturaleza, la escucha, y cuando se acepta como lo que es, y admite que no se ha creado a sí mismo. Así, y sólo de esta manera, se realiza la verdadera libertad humana” (Benedicto XVI). Cuando no se parte de la vida como don, como algo que he recibo, la libertad no reconoce sus límites y se constituye en un absoluto. En este sentido el límite es un acto de sabiduría que orienta y purifica la libertad del hombre. Por otra parte, no todo lo que es técnicamente posible o deseado en el manejo de la vida, es necesariamente ético y respeta su dignidad, afirman los obispos en el mismo documento.
Por lo dicho, les recomiendo la lectura de este breve documento que nos va a ayudar a reflexionar sobre algunos temas vinculados a la reforma del Código Civil. Reciban de su obispo, junto a mi afecto y oraciones, mi bendición en el Señor.
(*)Arzobispo de Santa Fe de la Vera Cruz
La ley tiene un valor objetivo que define derechos y obligaciones de las personas e instituciones en el marco del bien común. Elaborar las leyes es función del Estado, no de la Iglesia. Pero ella tiene la obligación de colaborar con la sociedad