Senado: una ley para “evitar la discriminación”

Quieren quitar “varón” y “mujer” para las Asignaciones familiares

  • Si prospera la iniciativa que aprobó la Cámara Alta, todos los sujetos de los beneficios serán nombrados en la ley con la palabra “agente”. Los “hijos” cambian por “hija/s o hijo/s”.
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El senador justicialista Eduardo Rosconi

Foto: Pablo Aguirre

 

De la redacción de El Litoral

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Bajo la premisa de adaptar los textos normativos “a las circunstancias actuales”, el Senado aprobó un proyecto de ley que reforma los términos con que la Ley de Asignaciones Familiares nombra a los beneficiarios.

“Tenemos que suprimir y reemplazar los viejos vocablos que cayeron en desuso”, sostuvo el senador justicialista Eduardo Rosconi (Caseros), respecto de las palabras “varón” o “mujer”. La iniciativa que logró la unanimidad entiende que ambas son “discriminatorias”.

Además, la norma reemplaza el término “hijo/s” por “hija/s o hijo/s” a su cargo.

La modificación de los artículos 33, 34 y 35 de la Ley Provincial Nº 9290 de 1983, de Asignaciones Familiares, se adapta a la ley que consagró la Unión Civil.

Fundamentos

“Desde el día 15 de julio de 2010, la República Argentina permite los matrimonios entre personas del mismo sexo y hasta el mes de diciembre de 2012 se efectuaron 5.839 uniones. La Ley Nacional Nº 26.618 reformó el Régimen de Matrimonio Civil y otras disposiciones complementarias, acarreando cambios estructurales con efectos extensivos a todo el ordenamiento jurídico; el cual debe contener y reglamentar situaciones de hecho para convertirlas en situaciones de derecho”, dice Rosconi.

“Entonces, resulta necesario adaptar las expresiones de los textos normativos a los acontecimientos y circunstancias actuales que se van sucediendo y los superan, tal el caso de la Ley Provincial Nº 9290 de Asignaciones Familiares promulgada en el mes de diciembre de 1983, la cual continúa con viejos vocablos que hoy cayeron en desuso”, sostiene el legislador.

“Asimismo, resulta conveniente agregar situaciones de familia no contempladas como: ‘agente que tenga hija/s o hijo/s a su cargo’; también se incluye el término ‘agente que tenga convivencia con hija/s o hijo/s’ o ‘acredite debidamente la tenencia legal’, por supuesto todo debidamente probado; dejando librado a la reglamentación los requisitos exigidos en cada caso”, afirma el senador del bloque Juan Domingo Perón.