Ante la falta de pruebas

Carlos Menem resultó sobreseído por la voladura de la fábrica de Río Tercero

El ex presidente Carlos Menem fue sobreseído por falta de pruebas en la causa donde estaba procesado por la voladura de la Fábrica Militar de Río Tercero, ocurrida en noviembre de 1995 y que dejó siete muertos, unos trescientos heridos y daños millonarios.

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Con votación dividida, la Sala A de la Cámara Federal de Córdoba dispuso el sobreseimiento.

Foto: Archivo El Litoral

 

DyN

Al fallo que dispone el sobreseimiento del ex presidente lo suscribieron ayer por mayoría los jueces de la sala A de la Cámara Federal de Córdoba, que revocaron el procesamiento de Menem por el delito de “estrago doloso agravado por muerte” y confirmaron también el sobreseimiento del ex jefe del Ejército, Martín Balza.

Los querellantes de la causa, encabezados por el abogado Ricardo Monner Sans, aseguraron que apelarán los sobreseimientos ante la Cámara de Casación Penal para que Menem y Balza sean juzgados por la explosión de la fábrica.

Menem, de 83 años y con mandato de senador nacional hasta el 2017, había sido condenado en 2013 por la Cámara de Casación Penal a siete años por el contrabando ilegal de armas a Croacia y Ecuador, luego de haber sido absuelto en un juicio oral.

La Fiscalía y los querellantes sostuvieron en sus acusaciones que la voladura de Río Tercero fue un ardid para encubrir el faltante de armamento que habían vendido a Croacia y Ecuador.

Sobre Menem, quien estaba imputado por estrago seguido de muerte, se había dictado en un primer momento una “falta de mérito” hasta que en agosto el juez federal de Río Cuarto, Carlos Ochoa, dictó su procesamiento tras una resolución de la Corte Suprema que rechazaba la prescripción del caso.

La defensa de Menem apeló ese procesamiento y ahora la Cámara Federal de Córdoba dictó su sobreseimiento, sin cuestionar la hipótesis de un incendio intencional en la fábrica militar.

Elementos de juicio

Los jueces Ignacio María Vélez Funes y Vicente Muscará entendieron que no había elementos de pruebas contundentes para sospechar de Menem en esa explosión y lo sobreseyeron.

El fallo, al que accedió DyN, indicó que si bien el juez Ochoa “infiere la participación de Menem” en la explosión al pedir su indagatoria en la investigación con supuesto fin de “ocultar los hechos de contrabando de armas que tuvo por probados la Cámara Nacional de Casación Penal, no alcanza, en modo alguno, para motivar una resolución de procesamiento”.

La cámara también hizo hincapié en la falta de mérito que se había dictado en un primer momento sobre Menem y remarcó que “ni la instrucción judicial, ni los órganos encargados de la acusación” por el fiscal y el querellante “han podido aportar elemento alguno de prueba” contra el ex presidente.

Frente a eso, dispuso el sobreseimiento de Menem “con la expresa declaración que el presente proceso no ha afectado el buen nombre y honor que el nombrado hubiere gozado”.

La Cámara Federal también validó el sobreseimiento de Balza al señalar que “la prueba colectada no ofrece ningún dato relevante en torno a su responsabilidad para inculparlo”.

En disidencia, votó el conjuez Rafael Vaggione, quien señaló que había que enviar a Menem y a Balza a juicio oral por “la gravedad institucional del hecho investigado y la participación de numerosos funcionarios públicos, entre ellos el entonces presidente de la Nación” para que en esa instancia se dilucidara su eventual responsabilidad.