Las expresiones del defensor sobre el presidente de la Corte

Coutaz dice que Ganón discriminó

  • El secretario de Derechos Humanos se expidió a pedido de la Corte, y notificó sus conclusiones a la Legislatura, donde se tramita un pedido de destitución contra el funcionario del nuevo sistema penal.
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Gutiérrez y el gobernador Antonio Bonfatti encabezaron ayer en Rosario la apertura de un seminario intensivo sobre la implementación de las Reglas de Brasilia, referidas al acceso a la Justicia de las personas en situación de vulnerabilidad. Foto: Gobierno de la provincia

 

De la redacción de El Litoral

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El secretario de Derechos Humanos de la provincia, Horacio Coutaz, dictaminó que hubo discriminación en los términos utilizados por el defensor provincial Gabriel Ganón contra el actual presidente de la Corte Suprema, Rafael Gutiérrez.

La decisión fue notificada a las partes y también a las cámaras de Diputados y Senadores, donde se sustancia un proceso de destitución contra el titular del Servicio Público de la Defensa Penal, por distintos incumplimientos en los deberes de funcionario.

El dictamen de Coutaz surgió de un planteo que hizo la propia Corte, luego de que Ganón publicara en su cuenta personal de Twitter referencias despectivas a la manera de expresarse, la vestimenta y la “obesidad mórbida excesiva” del magistrado.

Según Derechos Humanos, estas expresiones “constituyen un acto discriminatorio en los términos de la Ley 23.592, debiendo ser rechazadas y repudiadas”.

Además, el funcionario del Ejecutivo remarcó que su secretaría es competente en el tema “en tanto y en cuanto a la posibilidad de determinar la existencia o no de un acto o conducta discriminatoria en los términos de la Ley Nº 23.592, y en su caso establecer los cursos de acción que correspondan”.

Coutaz señala que el dictamen tiende a determinar si las expresiones indicadas violentan el principio de no discriminación y en consecuencia constituyen ejercicio abusivo de la libertad de expresión. Para el funcionario del Ministerio de Justicia la extensión de tan preciado derecho no implica conferirle al mismo un carácter absoluto. “La propia Corte IDH estableció que: ‘Es importante destacar que el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto, éste puede ser objeto de restricciones, tal como lo señala el artículo 13 de la Convención en sus incisos 4 y 5. Asimismo, la Convención Americana, en su artículo 13.2, prevé la posibilidad de establecer restricciones a la libertad de expresión, que se manifiesten a través de la aplicación de responsabilidades ulteriores por el ejercicio abusivo de este derecho, las cuales no deben de modo alguno limitar, más allá de lo estrictamente necesario el alcance pleno de la libertad de expresión y convertirse en un mecanismo directo o indirecto de censura previa” (Corte IDH, Caso Herrera Ulloa Serie C. Nº 107).

“Dichas restricciones o responsabilidades deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarios para asegurar: el respeto a los derechos o la reputación de los demás; la protección de la seguridad nacional; el orden público o la moral públicas”, destaca Coutaz.

El secretario de Derechos Humanos también resalta que, más allá del contenido discriminatorio de los “tuits”, debe advertirse que han sido compartidos en una red social en la cual el destinatario no es solamente la persona directamente aludida, sino también todas aquellas personas que pueden observar los comentarios del Sr. Ganón, sean sus seguidores o no. “En tal sentido, el mensaje puede extenderse o viralizarse y llegar a conocimiento de innumerables personas, como sucedió en el caso”.

El dato

Convocan a retirados

El gobernador Antonio Bonfatti firmó el decreto Nº 1.650/14 para la incorporación de personal policial retirado. Los requisitos mínimos serán haber pasado a retiro desde el año 2006 a la fecha, ostentar jerarquía perteneciente a los agrupamientos Ejecución o Coordinación, tener 58 años de edad como máximo y pertenecer al Escalafón Seguridad; no haber pasado a retiro en forma obligatoria y aprobar el examen psicofísico.