Sobre el final del año legislativo

Beneficios para hijos de ex combatientes

Tendrán prioridad ante vacantes en la administración pública y heredarán el haber de la provincia sin límite de edad.

 

De la redacción de El Litoral

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En la última sesión del año, sobre tablas, y además del Presupuesto 2015, la Cámara de Diputados sancionó una serie de reformas a la llamada pensión Malvinas al convalidar un texto ya aprobado por el Senado y que el Poder Ejecutivo habilitó para el tratamiento en extraordinarias. Agrupaciones de ex combatientes de Malvinas no estuvieron para el final de la votación, pero habían estado semanas atrás explicándoles a los diferentes bloques partidarios el apoyo a las cuatro reformas aplicadas a la norma que fue sancionada en mayo de 2008.

Los cambios sancionadas pasan por la obligación que asume el Estado santafesino de convocar el 2 de abril de cada año a los ex combatientes y a su familia a rendirles un homenaje y “recordar a quienes ofrecieron su vida en defensa de los valores y la soberanía nacional, manteniéndolos vivos en la memoria del pueblo argentino”.

La provincia otorga desde mediados de 2008 una pensión mensual no contributiva llamada Pensión de Honor de Veteranos de Guerra de Malvinas, destinada a quienes acreditaron haber participado de las acciones bélicas en defensa de la soberanía sobre Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, en efectivas acciones de combate entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982. El beneficio es vitalicio y equivale a tres veces el haber mínimo de la pensión vigente en la provincia que hoy es de 3.282 pesos.

Los otros cambios votados refieren a los beneficiarios de la pensión en caso de muerte del titular. La nueva disposición deja con prioridad a la cónyuge o la conviviente e incluye a los hijos sin límite de edad. Hasta hoy, los limitaba hasta llegar a la mayoría de edad. El artículo siguiente también retocado en la Legislatura es el referido a la concurrencia de beneficiarios y cómo se distribuyen la pensión.

Finalmente, la última reforma da prioridad en la cobertura de vacantes en la administración pública provincial a los hijos de ex combatientes “siempre que se encuentre acreditada la idoneidad para el puesto”. La redacción actual prioriza el ingreso sólo de los ex combatientes.