Los temas del Consejo de la Magistratura tras el receso invernal

“El debate que viene es sobre los alcances de la Ley de Subrogancias”

  • Lo dejó planteado el consejero Miguel Piedecasas. Los ejes de las diferencias del cuerpo sobre la aplicación de la norma.
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Piedecasas integra un colectivo como el Consejo de la Magistratura pero pide que se mire cómo vota y qué dice cada uno de los integrantes sobre las diferentes votaciones ya sea para integrar ternas de candidatos o a la hora de juzgar la conducta de un magistrado. Foto: Luis Cetraro

 

Mario Cáffaro

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Miguel Piedecasas es uno de los 13 integrantes del Consejo de la Magistratura de la Nación, representa a los abogados de la matrícula federal del interior y en el inicio del receso invernal del cuerpo, analizó la marcha del organismo en esta primera etapa del año así como el impacto de temas judiciales en la opinión pública: separación de Luis Cabral, de Claudio Bonadio, subrogancias, concursos y la demora en la remoción de magistrados federales.

—¿Cómo analiza lo actuado en esta primera etapa del año?

—El Consejo está buscando los equilibrios. Tiene una integración compleja, representantes del estamento político pero también profesionales, jueces y académicos en un momento complicado para la Justicia, para la institucionalidad y está en el centro del debate. En estos seis meses, el debate y el trabajo han sido muy intensos, profundos, complejos. Tenemos la deuda de lograr los consensos necesarios para poder avanzar en la cobertura de las vacantes, es uno de los grandes desafíos. En la última semana se aprobaron dos concursos de candidatos a jueces. El 25% de la Justicia Federal está con vacantes, lo bueno sería terminar nuestro período de cuatro años en la mitad de ese porcentaje. Lo que se ha trasladado al Consejo en este año que es electoral, es el debate externo. Hay concursos que se arrastran de períodos anteriores donde no hemos logrado consenso. Los concursos nuevos -que no son los centrales desde la perspectiva de la opinión pública- han avanzado, muchos se han aprobado. Hay diversas explicaciones sobre por qué no se logran los consensos. El espíritu de la ley es mayorías especiales para los concursos, eso exige consensos. Esto es el diálogo, el esfuerzo democrático en un órgano complejo.

—¿Cómo tomó el Consejo el pedido de la Corte Suprema de Justicia sobre subrogancias?

—La Corte recibe un planteo de la Cámara Federal y transmite al Consejo las sugerencias sintetizadas. Se debatió y salieron dos resoluciones: una resolución genérica que permitiera tomar nota de todas las subrogaciones existentes, prorrogarlas y luego delegar en las cámaras la designación de los subrogantes con toma de conocimiento del Consejo hasta tanto el Consejo dicte la reglamentación. Esto lo he votado y la minoría lo hemos hecho en este sentido. La resolución adoptada por mayoría también llega a esta conclusión y toma otras determinaciones -que no compartimos-, por ejemplo, cuando designa directamente nosotros entendemos que había que tomar conocimiento de lo que había designado la cámara y delegar esta función hasta tanto dictemos la reglamentación correspondiente que está en el ámbito de la comisión interna que presido. El problema es que en el camino de la reglamentación se han dictado fallos que declaran la inconstitucionalidad de la nueva Ley de Subrogancias. En mi espíritu y en el del bloque que se ha llamado la minoría existe la firme intención de dar garantías para que la independencia de la justicia, la libertad de criterios, la autonomía de los jueces no se vea alterado por un sistema de subrogaciones que debe ser excepcional. Hay que trabajar por dos caminos: completar las vacantes y hacer una reglamentación equilibrada, amplia, razonable y que respete los principios constitucionales.

—¿Si las subrogancias van a ser por simple mayoría se viola el espíritu del juez natural que debe tener mayorías especiales?

—No se pretende eludir esa mayoría especial para la elección y tampoco para la remoción porque el otro planteo que subyace de la Ley de Subrogaciones es la discusión si el juez subrogante tiene la misma estabilidad que el juez natural. Yo sostengo este principio básico: sin estabilidad no hay independencia, no hay libertad de criterios. Para ser removido del cargo se necesita una mayoría especial y de un proceso de enjuiciamiento, eliminando estos dos principios constitucionales, se vulnera el principio básico que es la independencia de la Justicia.

—Pero el Consejo avanza muy lentamente ante la denuncia contra jueces y camaristas

—Hay muchísimas denuncias, con altísimo porcentaje de desestimaciones in límine, porque son abstractas; otras porque se ha cumplido el plazo de tres años para ser tratada por la Comisión de Disciplina y Acusación. Vale recordar que el Consejo no es órgano de revisión jurisdiccional, debe observar si hay causal de mal desempeño o del decoro y si merecen una sanción o bien la apertura del proceso de revisión que luego se encarga del jury de enjuiciamiento.

Desde la estadística, se desestima la gran mayoría de las denuncias; hubo casos que fueron a votación con posiciones diferentes. Los casos más resonantes: Oyarbide, Rafecas, Bonadio, se votaron por archivo, desestimación o sanción y muchas veces las decisiones pasan desapercibidas por los medios.

—El Consejo tiene a su cargo toda la Justicia Federal y Nacional pero lo que hace ruido mediático es el fuero federal porteño donde están las causas políticas

—Cada uno debe asumir las responsabilidades que le corresponden. Por ejemplo, la separación de Bonadio del caso Hotesur es una cuestión jurisdiccional hasta hoy. Puede llegar al Consejo si alguien hace una denuncia o el propio juez.

Tenemos todos los fueros federales y de la Justicia Nacional. El trabajo es complejo, intenso y no desconozco que la sociedad tiene puesto los ojos en los casos de fuerte connotación en una etapa donde han transcurrido casi 12 años de un gobierno y donde hay causas que involucran a funcionarios. La visión sobre el Consejo debe ser más amplia. Cómo trabaja; criticar lo criticable; distinguir la mayoría de la minoría y aún los votos individuales. En los medios se habla del colectivo, pero existe diversidad de opiniones. Hay que ir a lo concreto por ejemplo cuando se trató el caso Cabral, muy controvertido para nosotros porque incluso es consejero. Me tocó hablar en el plenario y sostuve que la separación de Cabral de Casación era ilegal, infundada, desigual con los demás subrogantes a los cuales en el mismo acto habíamos prorrogado automáticamente el mandato para que no se comprometiera el servicio de Justicia. Para cada caso pido que miren cómo he votado y el fundamento de ese voto. Considero que para remover a un juez -aunque sea subrogante- se necesita una mayoría especial y el proceso de remoción, en Cabral fue por mayoría simple. En el tema de las subrogaciones no hay que perder de vista dos o tres ejes: que el subrogante tenga garantizada la estabilidad que garantizan los fallos de la Corte Interamericana, elemento clave de la independencia del Poder Judicial; no se puede separar a un subrogante por mayoría simple porque altera el espíritu mismo del proceso de designación de los jueces y el de remoción.

El Consejo tiene que discutir otro cambio que hizo la Ley de Subrogaciones. Antes había una prelación a favor de los jueces y si no había jueces se recurría a conjueces abogados; hoy la ley ha hecho desaparecer el principio de prelación -para mí es un error- y en los conjueces hay abogados y secretarios con lo cual el escenario comienza a cambiar. Se está trabajando en la reglamentación, uno de los grandes debates del Consejo después de la feria será el contenido que le vamos a dar a la Ley 27.145.

El dato

Vacantes

  • Hoy en la Justicia Federal, las vacantes representan el 24,46% de los 989 cargos de la estructura del Poder Judicial de la Nación. En tanto, están en trámite la cobertura de la mayoría de esas vacantes. 18 pliegos ya se encuentran en el Senado de la Nación; 7 en análisis del Poder Ejecutivo y 215 tienen trámite abierto en el Consejo de la Magistratura.