Por equiparación salarial

Reclamo de defensores adjuntos

Los defensores públicos adjuntos de Santa Fe rechazaron enfáticamente los argumentos esbozados por miembros de la Corte Suprema para no avalar el proyecto que busca equipararlos salarialmente con los defensores públicos, toda vez que realizan las mismas tareas. Por otra parte, indicaron que esta equiparación funcional ha sido dispuesta por el defensor provincial, máxima autoridad del Ministerio de la Defensa, órgano con autonomía funcional y administrativa, con autarquía financiera y no sujeto a directivas de órganos ajenos a su estructura (art. 9, ley 13.014).

La semana pasada, en reunión ante algunos legisladores, los miembros de la Corte sostuvieron que los defensores adjuntos habrían rendido un examen para ocupar ese cargo y, si buscaban desempeñarse como defensores públicos, deberían rendir un nuevo examen.

No obstante -argumentaron los defensores adjuntos- “el concurso múltiple que permitió el acceso a la función de los adjuntos que reclaman la equiparación fue una instancia única, siendo el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia, el que determinó quiénes serían defensores públicos y quiénes defensores adjuntos, de acuerdo a un orden de mérito. Es decir, todos los postulantes se presentaron a rendir un único examen para desempeñarse como defensores públicos y/o defensores públicos adjuntos, lo que fue decidido con posterioridad por el ministerio”.

En lo que hace al temor de la Corte respecto de la posible “catarata de reclamos” similares por parte de otros funcionarios, los adjuntos replicaron que “no existe ningún funcionario en la órbita del Poder Judicial que se encuentre en la misma situación que los adjuntos del nuevo sistema, tanto defensores como fiscales”.

Mismas funciones

Para los firmantes del pronunciamiento, su situación es “inédita en la historia judicial. Tanto defensores como fiscales adjuntos realizan exactamente las mismas tareas que los defensores públicos y fiscales. Poseen el mismo sistema de selección, nombramiento y remoción, necesitan acuerdo de la Asamblea Legislativa, son sometidos al mismo tamiz de reflexión por parte de la comisión de acuerdos, actúan ante los mismos órganos jurisdiccionales, tienen la misma cantidad de turnos y no existe criterio de diferenciación alguna para la asignación de causas en cuanto a la complejidad de las mismas. No obstante esta realidad, perciben una remuneración del 60% de la que se abonan a los defensores y fiscales”.

Recordaron además que las máximas autoridades de ambos ministerios han reconocido expresamente la necesidad de equiparar salarialmente a las dos categorías de funcionarios.

Los defensores adjuntos sostienen que el principal eje de debate debe ser la manifiesta inconstitucionalidad de las leyes que imponen una menor remuneración a determinados funcionarios que realizan las mismas tareas que otros, de acuerdo a la violación del principio de igual remuneración por igual tarea.

A mayor abundamiento refirieron que en la Oficina de Gestión Judicial, organismo del Nuevo Sistema Penal, cuyos funcionarios y empleados son designados por la Corte, se pagan salarios idénticos a los que se abonan a los adjuntos a funcionarios de menor jerarquía, en cuanto a las responsabilidades y criterios de designación y remoción.

Por último, además del apoyo brindado por el defensor provincial, los adjuntos cuentan con el aval a su reclamo de Adepra, Asociación Nacional de Magistrados y Funcionarios de la Defensa en la República Argentina, el que fue remitido a la comisión que analiza el proyecto de equiparación salarial.