POR DISPOSICIÓN DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Prisión preventiva y domiciliaria para Sala

Redacción El Litoral

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Télam

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó ayer la prisión preventiva de Milagro Sala y ordenó, a la vez, que se cumpla con urgencia con el fallo de la Corte Interamericana sobre la prisión domiciliaria de la encarcelada dirigente social jujeña.

La prisión preventiva de Sala fue ratificada por unanimidad, mientras que el cumplimiento del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el arresto domiciliario fue dispuesto por mayoría, con el voto favorable de los jueces Ricardo Lorezetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, mientras que Carlos Rosenkrantz se pronunció en disidencia.

Con el fallo de la Corte Suprema, quedó firme la resolución del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy que convalidó la prisión preventiva de Sala, por considerar que existe riesgo de obstaculizar el proceso en el que la líder de la organización Tupac Amaru y diputada electa del Parlasur está imputada por asociación ilícita, fraude a la administración pública y extorsión, informó el CIJ, la agencia de noticias del Poder Judicial.

Por otra parte, por mayoría de cuatro votos a uno, la Corte Suprema resolvió requerir a las autoridades judiciales de Jujuy, a cuya disposición está detenida Milagro Sala, que “con urgencia” se de cumplimiento a la decisión dictada por la Corte IDH el pasado 23 de noviembre, por la cual resolvió que debe sustituirse la prisión preventiva de Sala por la medida alternativa de arresto domiciliario o por cualquier otra que sea menos restrictiva.

ARGUMENTOS

En su recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la defensa de Milagro Sala -encarcelada desde enero de 2016- sostuvo que su detención preventiva era arbitraria, alegando que no había elementos para justificar la existencia de riesgo procesal, pero el máximo tribunal desestimó ese cuestionamiento.

Según el fallo de la Corte Suprema, la prisión preventiva fue justificada por la máxima instancia judicial de Jujuy debido a “la existencia de un entramado organizacional a disposición de la imputada, presuntamente utilizado para infundir temor por las consecuencias adversas de enfrentar sus intereses”.