En Barranquitas

Detenidos por prostituir a una niña de 15 años

Los apresados son una mujer de 46 años y un joven, de 18.

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La menor fue rescatada (en muy malas condiciones) desde un inmueble ubicado en Lamadrid 3900.

Fotos: Prensa Ministerio de Seguridad

 

Redacción de El Litoral

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En la noche del martes se realizó un allanamiento en una vivienda ubicada en Lamadrid 3900 de Santa Fe, en el marco de una causa por promoción y facilitamiento de la prostitución.

Por el hecho se detuvo a E.V.R. (46) y de J.D.B. (18) que se encontraban a resguardo de una menor de 15 años, a quien tenían en muy malas condiciones y la obligaban a ejercer la prostitución.

Además, en el lugar los actuantes secuestraron teléfonos celulares y elementos de interés para la causa.

Por disposición del fiscal Dr. Federico Grimberg, a ambos detenidos se les formó causa por el delito de “promoción y facilitamiento de la prostitución”, mientras que la menor fue puesta a disposición del equipo profesional de la Subsecretaría de la Niñez.

El operativo estuvo encabezado por personal del Departamento Complejas I - Dice de la Policía de Investigaciones de Santa Fe.

También colaboró personal de la Agencia de Trata de Personas y Violencia de Género de la Policía de Investigaciones y el apoyo táctico del Grupo de Operaciones Especiales UR I, informaron fuentes oficiales.

* El delito de “facilitación y promoción de la prostitución de menores de dieciocho años”, está contemplado en el artículo 125 bis del Código Penal.

En su fundamento, refiere: “al que promoviere o facilitare al prostitución de menores de dieciocho años, aunque mediare el consentimiento de la víctima será reprimido con reclusión o prisión de cuatro a diez años”.

Asimismo, la pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando la víctima fuera menor de trece años.

Cualquiera que fuese la edad de la víctima, la pena será de reclusión o prisión de diez quince años, cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también, si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargada de su educación o guarda. (incorporado por la ley 25.087, art. 6to.).

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Los detenidos guardarían una relación de parentesco (tía y sobrino) entre ellos.