INFORME DEL INDEC Y LA SECRETARÍA DE TRABAJO

En nuestro país, uno de cada diez niños trabaja

Son 763.544 chicos y chicas menores de 15 años. La mayoría son varones. En las áreas rurales, el promedio duplica al de las urbanas. El mayor registro es en la región del NOA y el menor en la Patagonia.

Redacción de El Litoral

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Miles de chicos y chicas menores de 15 años trabajan en la Argentina: el informe elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) y la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo reveló en las últimas horas que son más de 760 mil.

A pesar de que está prohibido por ley, uno de cada diez chicos argentinos realiza algún tipo de trabajo. “En el total del país, el 10 % de los niños y niñas de 5 a 15 años realizan al menos una actividad productiva, con mayor incidencia en las áreas rurales (19,8 %), y en las regiones del NOA y el NEA (13,6 % y 13,1 %, respectivamente)”, se especifica en el informe que se dio a conocer este jueves.

QUÉ HACEN

Para entender el concepto de “trabajo infantil”, los analistas explicaron cuáles son esas actividades productivas. Una es el trabajo orientado al mercado (actividades para la producción de bienes y servicios); otra es la realización de actividades de autoconsumo (producción de productos agrícolas y su almacenamiento, corte y recolección de leña, caza, pesca o actividades domésticas tales como enyesado de paredes, reparación de tejados, etc.) y por último el desarrollo de tareas domésticas de manera intensiva (preparación de alimentos, lavado, limpieza, mantenimiento de la vivienda o cuidado de otros miembros de la familia, entre otros).

Los principales motivos que impulsan a los niños y jóvenes al mercado laboral están relacionados con la ayuda familiar y la necesidad de ganar dinero para sus gastos y los de su hogar. Además lo que muestra el informe es que existe una diferencia por género: son más los varones (11,1 %) que las mujeres (8,8 %), y mientras que los niños se encuentran más vinculados con el desarrollo de actividades mercantiles y de autoconsumo; las niñas participan en mayor medida de las actividades domésticas intensivas.

El informe reveló que los trabajos más habituales entre los niños y niñas urbanos son el empleo en negocios, talleres u oficinas por dinero o propina (36,9 %). En segundo lugar aparece el reparto de comida (8,6 %). Para los varones prevalece la fuerza física como la ayuda en la construcción o poda de árboles o corte de pasto. Para ellas, el cuidado de niños o personas mayores y la realización de tejidos, costuras y artesanías.

En las zonas rurales, por su parte, más de la mitad de los niños y niñas que trabajan se dedican al cultivo o cosecha de productos para vender (14,2 %), el cuidado u ordeñe de animales (14,4 %), la ayuda en la construcción o reparación de otras viviendas (11,9 %) y la ayuda en negocios u oficinas (11,9 %).

DATOS PARA LAS POLÍTICAS

Durante la presentación de los resultados, el secretario de Trabajo Jorge Triaca sostuvo que el informe es una foto del país: “Esta encuesta muestra la realidad de lo que está pasando, de cómo es la situación de los niños que hoy deberían estar estudiando, haciendo sus actividades sociales, pero que no deberían estar trabajando”.

“Este Ministerio, a partir de esta encuesta no es el mismo. Tenemos datos precisos, certeros y nuestro diseño de políticas públicas se tiene que orientar a mejorar la erradicación del trabajo infantil”, agregó, aunque no se hicieron anuncios oficiales sobre proyectos o planes para reducir esos números.

LEGISLACIÓN

“El trabajo infantil es toda actividad o estrategia de supervivencia, remunerada o no, realizada por personas que se encuentran por debajo de la edad mínima de admisión al empleo”. A esa definición se ajusta la legislación que rige sobre la materia en nuestro país.

- Ley 26.061, de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

- Ley 25.255 que ratificó el convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo sobre las peores formas de trabajo infantil.

- Ley 24.650 que ratifica otro convenio con la OIT, el 138, sobre edad mínima de admisión al empleo.

- Decreto 1.117/2016 que tipifica las actividades que constituyen trabajo peligroso para menores de 18 años.

- Ley 26.847 que modificó el Código Penal e incorporó el artículo 148 bis que establece penas para quien aproveche económicamente el trabajo de un niño o niña en violación a las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil.

- Ley 26.844, régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares que equipara su situación con el resto de los trabajadores, prohíbe contratar a menores de 16 años y limita la jornada de trabajo para empleados mayores de 16 y menores de 18.

- Ley 26.390 que prohíbe el trabajo infantil y protege el trabajo adolescente, fija la edad mínima de admisión al empleo en los 16 años, establece condiciones para mayores de 14 y menores de 16 en empresas de familia y prohíbe el trabajo nocturno para menores de 18.

A JUICIO

El próximo 20 de noviembre se iniciará en Villa Constitución el juicio oral por un caso de trabajo infantil en un campo de arándanos, ubicado en el sur provincial. “Más allá de la multa pecuniaria, también es necesario entender que esta práctica es un delito”, opinó oportunamente el subsecretario de Políticas de Empleo y Trabajo Decente, Guillermo Cherner.