CONCLUSIONES DEL OBSERVATORIO DE LA UNL

“La trata con fines sexuales es un crimen de género y de clase”

Poco correlato entre la denuncia social y el número de juicios finalizados. Escasa investigación del “guante blanco” que facilita este delito. Recomendaciones y cambio cultural.

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Detalles del informe fueron presentados en el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y sociales de la UNL.

Foto: Manuel Fabatía

 

Nancy Balza

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La concepción de la trata de personas especialmente con fines de explotación sexual como un “crimen que afecta a las mujeres y niñas que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad”; la importancia de abordar este tema en el marco de la educación sexual integral; la necesidad de adoptar una perspectiva de género en los procesos judiciales derivados de estas causas y de investigar a quien “facilita y posibilita esta economía delictiva”, son algunas de las conclusiones y reomendaciones que surgen del exhaustivo informe presentado el lunes, con esta capital como área de estudio.

“La trata de personas en la ciudad de Santa Fe. A diez años de la primera ley nacional 26.364” fue desarrollado por el equipo de investigación dirigido por María Laura Spina e integrado por Magda Zovi, Luciana Serovich, Lucia Carrera, Cesar Bissutti y Natacha Guala, en el marco del Observatorio de Violencias de Género de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL y el proyecto de extensión “La trata se trata”.

El punto de partida fue analizar los efectos reales de la puesta en funcionamiento de la ley nacional para abordar la prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas, sancionada el 9 de abril de 2008. La investigación se hizo en conjunto con el Gobierno de la Ciudad, en el marco de la Comisión Interinstitucional creada por ordenanza 12.319.

Para ello se requirieron datos estadísticos al Ministerio Público Fiscal, al Ministerio Público de la Acusación, al Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento de Víctimas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas, a la Línea 145, a la PROTEX, al INADI, a la Defensoría del Pueblo de la provincia, la Defensoría Pública Oficial, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia, al Ministerio de Seguridad -a través de la Agencia Provincial de Investigación sobre Trata de Personas- y a la Policía Federal Argentina.

“A partir de esta primera aproximación, hemos podido concluir que las instituciones llevan a cabo un registro precario de la información, y no existen criterios comunes para realizarlo, lo cual dificulta en gran medida la comparación de estadísticas”, concluyó el grupo.

REGISTROS Y ABORDAJE

La ley nacional 26.364 tuvo un impacto significativo en el funcionamiento del sistema penal, especialmente en lo que refiere a la criminalización de mujeres en la ciudad de Santa Fe. Esa es una de las conclusiones a las que arriba el equipo, que señala: “Esto preocupa especialmente cuando observamos además la nula aplicación de la cláusula de no punibilidad de las víctimas de este delito”.

Otras conclusiones son:

- Existe una práctica social de denuncia de las situaciones de trata de personas y, sin embargo, esta dimensión no encuentra un correlato similar en el número de juicios finalizados.

- En la práctica judicial sigue operando un ideario de la trata de personas estrictamente vinculado a la criminalidad organizada transnacional, minimizándose o deconstruyéndose las características propias que adquiere este delito en el ámbito local. No se profundizan en el ámbito federal las investigaciones en torno a las potenciales redes delictivas que podrían estar operando.

- Es necesario avanzar en el desarrollo de políticas de asistencia exclusivas para víctimas de trata de personas.

- Es importante insistir en la creación e implementación de un registro único de situaciones de trata de personas.

- Es necesario trabajar en el estricto cumplimiento de la competencia federal, como así también en la implementación del Protocolo Único de Articulación (Resolución 1280/2015).

- Se recomienda avanzar en un abordaje de la problemática que se adapte a los contornos culturales y socioeconómicos del ámbito local desde una perspectiva de la prevención social.

- Frente a los discursos punitivos que se despliegan en torno a la criminalidad organizada, la reducción de este tipo de hechos no tiene que ver solo con un mejor funcionamiento de la justicia penal, sino y fundamentalmente con procesos políticos y culturales integrales capaces de abordar la complejidad de la desigualdad estructural de género y de clase que posibilita este mercado delictivo que se nutre de los cuerpos de niñas, adolescentes y mujeres.

REDES FAMILIARES Y PRECARIA ORGANIZACIÓN

En el área Mujer y Diversidad Sexual de la Municipalidad santafesina se registraron, durante 2017, 6 situaciones de trata de personas con fines de explotación sexual y/o laboral. En todos, se asistió a mujeres y en cinco de ellos, el promedio de edad es de 26 años. La otra víctima tenía 37.

La mayoría no completó sus estudios secundarios, lo cual se condice con las dificultades que atraviesan para conseguir trabajo. En cuanto a la situación laboral previa, algunas mujeres ejercían o ejercen la prostitución, mientras que otras trabajaban por cuenta propia sin estar registradas. En ningún caso poseen amplias redes de contención, sólo algunas contaban con familiares cercanos o vecinos de confianza, y la mayoría tiene antecedentes de violencia por parte de sus parejas o ex parejas. Ninguna contaba con un espacio propio, por lo que vivían en casas, en su mayoría, alquiladas o de algún familiar, con sus hijos, ya que en todos los casos, las mujeres asistidas son madres.

“Este tipo de iniciativas contribuye a pensar los delitos desde una perspectiva de género, a partir de datos concretos y confiables que abonen a un debate democrático. Esto es pensarnos parte del paradigma de investigación-acción feminista, donde la tarea científica se compromete a su vez como un objetivo político”.