Tribuna política

Borrando con el codo

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En 2018 la Cámara de Diputados de la Provincia, por unanimidad, dio media sanción a la Ley de Paridad.

Foto: Luis Cetraro

Claudia Susana Catalín (*)

La elección nacional de cargos legislativos “estrenó” ley de Paridad y en 14 distritos electorales (13 provincias y CABA) tenemos leyes de paridad para la elección de cargos provinciales y locales.

El 28/06/18 el Concejo Deliberante de Rosario fue el primero en aprobar, por unanimidad, una Ordenanza estableciendo la paridad de género en las listas de precandidatos, candidatos y en la integración del Concejo. A partir de allí surgieron iniciativas similares en 32 municipalidades, logrando la aprobación en 22 de ellas, a saber: Arroyo Seco, Las Parejas, Coronda, Sastre, San Lorenzo, Granadero Baigorria, Puerto General San Martín, Fray Luis Beltrán, Villa Cañas, Rafaela, Ceres, Roldan, Florencia, Malabrigo, Las Toscas, Rosario, Santa Fe, San Genaro, Santo Tomé, Villa Constitución, San José del Rincón y El Trébol. Asimismo una Comuna, Santa Rosa de Calchines, estableció la paridad mediante una resolución.

En nuestra provincia, no conseguimos que el Senado aprobara la Ley, que obtuviera en 2018 la media sanción unánime en la Cámara de Diputados: por segunda vez. Pero el movimiento de mujeres y la Mesa de Mujeres por la Paridad, logró la movilización territorial y con el acompañamiento de la Defensoría del Pueblo, promovimos el ingreso de mujeres a las fórmulas para este año electoral (#sinoestaenlaleyqueesteenlaboleta), así las fórmulas de Gobernador y Vicegobernador incluyeron mujeres (7 de 8 listas) y la mayoría de las listas se integraron en forma paritaria (aunque en algunos casos no secuencial).

Las fuerzas políticas se vieron en la “necesidad” de presentar en la contienda electoral, precandidaturas a Concejales integradas paritariamente, “uno y una o viceversa” en forma alternada y secuencial, muchas listas así llegaron a las elecciones generales. Luego, el Tribunal Electoral de la provincia, proclamó a los electos aplicando para todas las categorías, incluso para los Concejales y concejalas electas, la ley de cupos vigente.

Se realizaron dos presentaciones (una por la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Santa Fe y otra por la Directora del Inadi), solicitando que se respete lo establecido por las Ordenanzas municipales de paridad, para las 22 municipalidades que las dictaron oportunamente. Ambas presentaciones fueron dictaminadas favorablemente por el Procurador Fiscal Electoral, considerando que a partir de los fundamentos de las reclamantes y las normas constitucionales y electorales, la Paridad “...constituye una medida de acción afirmativa por excelencia y, por lo tanto, es un derecho...”. Asimismo, “... la consagración municipal (mediante Ordenanzas) de derechos afirmativos de participación política de género, no atenta ni contra el articulo 29, 5 párrafo, ni contra el artículo 107, inciso 2), de la Constitución provincial, antes bien, se inserta bajo la lógica irradiante y difusora del artículo 37 de la Constitución Nacional y por consecuencia, dentro del ámbito normativo del artículo 6 de la Constitución provincial....”, que establece: “...Los habitantes de la Provincia, nacionales y extranjeros, gozan en su territorio de todos los derechos y garantías que les reconocen la Constitución Nacional y la presente, inclusive de aquellos no previstos en ambas y que nacen de los principios que las inspiran...” (Dictamen de la Procuración General de la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe, Dict. Trib. Electoral Nº 138, Schilbelbein Caren y otros s/Paridad de género..

Las Resoluciones del Tribunal Electoral de la provincia, desestimaron ambos planteos, fundados en la necesidad de una modificación a la legislación que establezca la Paridad y ratificando la aplicación de la norma vigente.

Así las cosas, tenemos por delante el próximo 10 de diciembre y la asunción de los Concejales y las Concejalas electas para el próximo período. El Concejo se renueva por mitades, y por ello la mitad de sus actuales miembros, tendrán la facultad de analizar la validez de los títulos de quienes vayan a ingresar y aprobar su conformación definitiva para el próximo período.

Si han aprobado en forma unánime una Ordenanza de Paridad para la integración del Cuerpo, corresponde entonces que apliquen la norma.

Los Concejales y Concejales que ingresen deberían ser la mitad de cada género, aunque el Tribunal electoral de la provincia proclamó con la aplicación de la ley de cupo.

Deben cumplir la norma que dictaron.

El tema debe resolverse, y por supuesto que la norma dictada debe respetarse, asumiendo la responsabilidad que corresponde al Estado y a nuestros representantes de cumplir y hacer cumplir normas de acción positiva que resguarden los derechos humanos de las mujeres a la igualdad real en el acceso a los cargos, como modo de garantizar una democracia verdaderamente representativa.

Dicen por ahí que no debe “borrarse con el codo lo que se escribió con la mano”.

#sinmujeresnohaydemocracia #paridadensantafeya #ojoparitario

(*) Abogada, Especialista en Gestión Estratégica de organizaciones públicas, UNR. Cursado aprobado de la Maestría en Administración Pública, UNL; Especialización en Derechos Políticos y Electorales, UBA; en Enfoque de Derecho y de Igualdad de Genero en Política, programas y proyectos: OEA y en Gobierno Digital en la era del Gobierno Abierto: ILPES-CEPAL-AECID. Miembro Honorario del Foro Federal de Organismos electorales, Ex Secretaria Electoral de la provincia de Santa Fe -Febrero 2011/Febrero 2016-, participa en Mesa Ni una Menos Santa Fe y Mujeres por la Paridad.

En nuestra provincia, no conseguimos que el Senado aprobara la Ley, que obtuviera en 2018 la media sanción unánime en la Cámara de Diputados: por segunda vez.