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Dos hombres de 25 años cada uno cuyas iniciales son B.E.B.G. y C.D.A. comenzarán a ser juzgados este lunes por el homicidio de Juan Pablo Córdoba y por la tentativa de homicidio de otra persona, ambos delitos ocurridos el 19 de diciembre de 2015 en la ciudad de Santa Fe.
Será en el marco de un juicio oral y público que se desarrollará a partir de las 7.45 en los tribunales de la capital provincial.
Los fiscales que investigaron los hechos fueron Jorge Nessier y Cristina Ferraro, no obstante, por cuestiones de agenda, en el juicio estarán Nessier y Ana Laura Gioria. Los fiscales del MPA solicitarán 28 años de prisión para B.E.B.G. y 25 años de prisión para C.D.A.
Por su parte, el tribunal pluripersonal del juicio estará integrado por los jueces Rodolfo Mingarini (presidente), José García Troiano y Jorge Pegassano.
Los hechos
“Se investigaron dos delitos cometidos en las mismas circunstancias: el homicidio de Juan Pablo Córdoba y la tentativa de homicidio de otra persona”, aclaró el fiscal Nessier.
Los hechos ocurrieron en las primeras horas del sábado 19 de diciembre de 2015. “El hombre agredido que salvó su vida conducía una moto en la que se trasladaba junto a la víctima fatal por la avenida Peñaloza. Los dos acusados los atacaron desde otra motocicleta”, relató el funcionario del MPA.
Ocho disparos
“Mientras C.D.A. conducía la moto, B.E.B.G. efectuó aproximadamente ocho disparos de arma de fuego, con la intención de quitarles la vida a ambas víctimas”, precisó Nessier. En tal sentido, agregó que “los dos jóvenes atacados perdieron el control del motovehículo y cayeron a un costado de la avenida, mientras los dos imputados escaparon del lugar”.
Al llegar los servicios de emergencia al lugar, encontraron a Córdoba ya fallecido y al otro hombre herido por lo que fue trasladado al hospital José María Cullen, donde gracias a las atenciones médicas recibidas, logró salvar su vida y reconoció a los acusados como los agresores.
Calificación legal
Respecto a la calificación de los hechos, B.E.B.G. fue acusado como autor de los delitos de homicidio calificado por el empleo de arma de fuego y tentativa de homicidio calificado por el empleo de arma de fuego, en concurso real. Por su parte, a C.D.A. se lo acusó por los mismos delitos, pero como partícipe necesario.
“En el caso de B.E.B.G., entendemos que surge claramente que emprendió una conducta tendiente a dar muerte a ambos jóvenes y para ello eligió un medio más que adecuado, es decir, un arma de fuego”, argumentó Nessier.
“Por su parte, C.D.A. fue el encargado de conducir la moto que transportó a B.E.B.G. hasta el lugar de los hechos. En este sentido, llevó a cabo un aporte sin el cual no se hubiera podido consumar la conducta del acusado como autor ya que, no sólo cooperó llevándolo al lugar de los hechos, sino que además contribuyó a su fuga luego de efectuados los disparos”, explicó el funcionario del MPA.