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La Cámara de Apelación Penal declaró inválido el beneficio concedido a Ramón Eduardo Benítez, quien junto a su esposa e hijos están acusados de provocar lesiones gravísimas e irreversibles a José Gómez Iriondo, la noche del 9 de marzo en San Javier.
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La jueza de la Cámara de Apelación Penal, Marta Feijoó, declaró la invalidez de una resolución de primera instancia a través de la cual le fue concedida la prisión domiciliaria con salidas laborales para Ramón Eduardo Benítez (53). El imputado es el mayor de un grupo familiar que completa su esposa -Nidia Escobar- y tres de sus hijos varones -Milton Alexis (27), Fernando Gabriel (23) y Eduardo Pablo Benítez (28)-, todos acusados por el ataque al concejal de San Javier, José Gómez Iriondo, ocurrido la noche del 9 de marzo último en dicha ciudad.
La medida se retrotrae a fines de septiembre, cuando el juez Penal, Eduardo Pocoví, confirmó la prisión preventiva para los tres hermanos, pero permitió que el padre regrese a su casa junto a su mujer, que se encuentra en domiciliaria desde el comienzo de la causa. Durante la audiencia de revisión de la cautelar solicitada por los abogados Claudio Torres del Sel y Natalia Giordano, tanto la fiscalía, representada por la Dra. Rosana Marcolín; como el abogado Leandro Corti, querellante en representación de la familia Gómez Iriondo, se opusieron terminantemente a la concesión de dicho beneficio.
La Dra. Marcolín advirtió “graves consecuencias para la protección de testigos y familiares de la víctima”. Y la querella cuestionó por “arbitraria” la decisión, a la que consideró una “mixtura no autorizada por el código de procedimiento” al combinar “prisión domiciliaria” con “salidas laborales” para el acusado.
Al momento de tratar la apelación, ambas partes reiteraron los agravios oportunamente expresados en primera instancia; mientras que el defensor reconoció que “por una cuestión de humanidad, el juez le otorgó la prisión domiciliaria” a su defendido.
La camarista por su parte, destacó que “claramente y sin lugar a dudas el magistrado no ha cumplido en su resolución con la exigencia constitucional y legal de debida motivación y de debida fundamentación” por lo que resolvió declarar la “invalidez” de la morigeración de la prisión preventiva en domiciliaria.
Por venganza
El hecho refiere al ataque sufrido por el concejal sanjavierino de 39 años, José “Peque” Gómez Iriondo, quien recibió una puñalada por la espalda el 9 de marzo, producto dela cual quedó cuadripléjico y en “estado irreversible”, internado en una clínica de rehabilitación en el sur provincial.
La fiscal Marcolín imputó oportunamente a los cinco miembros de la familia Benítez como “coautores” del delito de “homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas” en grado de “tentativa” y el juez Jorge Pegassano dictó la primera cautelar por 60 días, que luego se prorrogó en mayo hasta que se le dio nuevo tratamiento al pedido de la defensa el pasado 25 de septiembre.
El abogado Torres del Sel relató al juez Pocoví que lo ocurrido se relaciona con “la muerte de una joven de 25 años (Ana Paula Benítez) que tenía una relación sentimental con Gómez Iriondo, que es la víctima de esta causa”. Dijo que “la familia (Benítez) responsabilizó a Gómez Iriondo” por la muerte de la chica que trabajaba como policía y que se quitó la vida con un disparo a la cabeza con su arma reglamentaria el 11 de diciembre de 2017. Y si bien “la fiscalía descartó el homicidio o su instigación y así está acreditado”, desde ese entonces se inició una escalada de amenazas directas y a través de redes sociales, que derivaron en los hechos de violencia suscitados el 9 de marzo en una cancha de fútbol 5 ubicado en avenida Poeta Julio Migno y calle Hermana Carina de la ciudad costera.
Irreversible
En la audiencia del 25 de septiembre, la fiscal Rosana Marcolín dio el peor de los pronósticos en relación a la víctima: “El señor Gómez Iriondo ha quedado en un cuadro que podría ser peor que la muerte”. “Perdió el habla, tiene ceguera total y está cuadripléjico”. Además indicó que es un “estado irreversible, lo cual también shokeó a su familia” integrada por una joven esposa, dos hijas adolescentes y una hija de 3 años.
Planificación
Entre las evidencias aportadas por la fiscalía y la querella al momento de tener tratamiento la revisión de la medida cautelar fueron aportadas conversaciones extraídas del celular de uno de los imputados, en las que claramente se advierte la premeditación y planificación del ataque. “Quiero quebrarlo entero, romperle los huesos. Dejarlo sin piernas y sin manos por hijo de puta. Cortarle los huevos”. En esos términos, Milton y Fernando Benítez planeaban la venganza. “Todas las secuelas que preveían los imputados se cumplieron. Lo querían matar pero además querían provocarle todos estos padecimientos”, afirmó el querellante Corti.
Domiciliaria
El juez Eduardo Pocoví rechazó el 25 de septiembre el pedido de libertad para los tres hijos varones del matrimonio Benítez, es decir de Milton, Fernando y Eduardo, quienes permanecen tras las rejas a disposición del Servicio Penitenciario. En tanto, concedió la morigeración de la preventiva para el padre Ramón Benítez, como prisión domiciliaria con salidas laborales y fianza de $ 50.000, además de las reglas usuales de conducta, como la de fijar domicilio, imposibilidad de abandonar el lugar de residencia y tomar distancia de las víctimas y su entorno. Además, prohibió al hombre la utilización de redes sociales, específicamente de su perfil de Facebook, al que sugirió “bloquearlo” para evitar cualquier contacto con las víctimas.
En tanto, Nilda Escobar, esposa de Ramón y madre de los otros imputados, se encuentra en prisión domiciliaria por problemas de salud, desde mayo, cuando vencidos los 60 días de cautelar, el juez Pegassano prorrogó la medida.