Mediante el decreto Nº 2126 del pasado 29 de julio, el Poder Ejecutivo creó un Protocolo para la Detección y Prevención de Delitos Económicos en la provincia. Tiene como objetivo detectar “inconsistencias patrimoniales sospechosas y potenciales beneficiarios finales de la circulación de activos de origen ilícito”.
Dicha situación será identificada como “Alerta Sospechosa” (AS), y ello activará el protocolo para determinar la existencia del presunto delito. Según consta en los considerandos del decreto, el gobierno provincial pretende a través de esta herramienta “demostrar la voluntad del estado de enfrentar la problemática a través del establecimiento de iniciativas innovadoras y de mecanismos ágiles”.
Se establecerá como AS “toda aquella situación anómala en donde se observen indicios serios de una posible disimulación del origen ilícito de activos; de una simulación de una situación fiscal o patrimonial distinta a la real; o de una exteriorización inusual de activos, inconsistente con el perfil patrimonial o fiscal de quien manifiesta dicha exteriorización por parte de una persona humana, jurídica o de un ente de existencia ideal”.
La Dirección de Investigación Patrimonial, dependiente del Ministerio de Seguridad, será el organismo de aplicación del protocolo. A dicha repartición deberán elevar sus reportes sobre AS la Administración Provincial de Impuestos (API), Catastro, el Registro de la Propiedad, Inspección General de Personas Jurídicas, y la Secretaría de Análisis y Articulación de Procesos. El informe se enviará por medio electrónico con una breve descripción de la situación, y los datos que permitan individualizar a la persona sospechada con su respectivo patrimonio.
Como pautas generales para detectar un AS se plantea: inconsistencias relevantes entre una situación de exteriorización de activos y perfil patrimonial o fiscal de una persona; transferencias sucesivas de bienes registrables, participación societarias, y posición de administración fiduciaria con una velocidad y frecuencia que resulten inusuales; cualquier hecho económico que no guarde debida relación con las actividades declaradas y realizadas por las personas correspondientes; movimientos de sumas de dinero en efectivo superiores a 450 Salarios Mínimos Vitales y Móviles; operaciones o hechos económicos de personas que carecen de capacidad patrimonial verificada; operaciones de compra, venta y recompra de activos que no se correspondan con el verdadero valor de los bienes involucrados; operaciones de préstamos, remesas o ingresos de dinero por otros conceptos, provenientes de entidades bancarias, financieras o comerciales domiciliadas en territorios considerados “guaridas fiscales” o países no cooperantes por el Gafi.
Para la evaluación de las situaciones presuntamente ilícitas, la Dirección de Investigación Patrimonial (DIP) podrá requerir el apoyo y la colaboración de todos los organismos públicos de la Administración Pública Provincial.
Tras analizar la información, la autoridad de aplicación deberá emitir un informe a partir del cual podrá determinar que existen elementos sospechosos suficientes, y en consecuencia, elevar una denuncia ante el Ministerio Público Fiscal o de la Acusación. Podrá también desestimar el reporte, cuando entienda que no se vislumbran elementos suficientes.
Los funcionarios y agentes públicos de la DIP están obligados a guardar secreto de las informaciones recibidas. El mismo compromiso de confidencialidad les corresponde a los funcionarios y agentes de los organismos competentes.
Durante el proceso de evaluación de las Alertas Sospechosas, la DIP podrá requerir asistencia de los Colegios de Ciencias Económicas, de Abogados y/o de Escribanos de la provincia, como también de profesionales de las universidades especializadas.