Cdor. Gustavo Morón (*)
Cdor. Gustavo Morón (*)
La importancia de la Ley Complementaria de Riesgos del Trabajo 27.348, aprobada por amplia mayoría en el Congreso de la Nación en febrero del 2017, radica en haber puesto límites a una industria del juicio que amenazaba con hacer colapsar al sistema y dejar a los trabajadores sin cobertura por accidente laboral.
Se trata de una ley que logró el consenso unánime de los sindicatos, de las cámaras empresarias, de los profesionales especialistas en el sistema, de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y de la oposición.
A partir de su promulgación se aplicó en Ciudad Autónoma de Buenos Aires y rápidamente se adhirieron Córdoba y Mendoza. Un tiempo después lo hicieron las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, San Juan, Río Negro, Tierra del Fuego, Jujuy, Corrientes, Formosa, Chaco, Neuquén, Misiones y Salta. En números, esto representa el 85% de los trabajadores registrados del país, es decir, a más de 8 millones de personas en relación de dependencia.
En 2018, el primer año completo de la implementación de la Ley, los juicios contra las ART cayeron un 40%; las alícuotas bajaron un 20% respecto del 2016 (con un ahorro estimado para las empresas de $ 34.000 millones) y la resolución del trámite de los trabajadores pasó de 5 años en un juzgado laboral a 60 días en una comisión médica. Actualmente, 9 de cada 10 trámites que llegan al Servicio de Homologación en las provincias donde la ley está operativa, terminan en un acuerdo con un tiempo de resolución promedio de 51 días.
A partir de la implementación de la Ley, hubo una sustancial mejora en las prestaciones dinerarias. Se incrementó el monto de indemnización por accidentes o enfermedades profesionales hasta un 50% de acuerdo a la actividad y al tipo de incapacidad que pudiera sufrir el trabajador.
Las comisiones médicas están en constante crecimiento. En la medida en que la Ley es más aceptada y más provincias se incorporan al sistema la demanda crece. En el período 2016 - septiembre 2019, casi se duplicó el número de comisiones médicas abiertas en el país. A diciembre 2015 había 35, actualmente son 67. Con las aperturas proyectadas se busca garantizar que los trabajadores que se accidenten tengan un servicio de atención médica a menos de 50 km de su domicilio o lugar de trabajo.
En 2018 se redujo 6% la accidentabilidad laboral con relación al 2017. Se logró a partir de los convenios firmados con los 24 gobiernos provinciales para poner en práctica programas de prevención y de seguridad en los ambientes de trabajo. El 80% de las empresas con elevada siniestralidad redujeron la accidentabilidad en sus ambientes de trabajo.
Con el mismo ánimo de consenso que logramos alcanzar con la Ley Complementaria, redactamos el anteproyecto de Ley de Prevención, que incorpora la normativa internacional de aplicación obligatoria en nuestro país, y determina la necesidad de establecer políticas de Estado y programas específicos para la protección de la salud y seguridad laboral. Además, otorga a la negociación colectiva un rol preponderante en la definición de acciones concretas en cada actividad y sector. El anteproyecto, que tiene el acompañamiento activo de la OIT y es un pedido histórico del movimiento sindical, está listo para ser enviado al Congreso de la Nación para su debate.
Estos avances significativos, hacen que el sistema de riesgos del trabajo esté mejor que hace cuatro años. Sin embargo, aún quedan cosas por hacer. Una de las más importantes es la creación de un Cuerpo de Peritos del fuero laboral que tenga intervención directa en aquellos casos en materia de riesgos del trabajo. Creemos que es fundamental para cerrar el proceso, que los tribunales de justicia tengan sus propios cuerpos de peritos. De esa forma se unifican los criterios en cuanto a la utilización del Baremo laboral. Su aplicación permite al trabajador, su empleador y la ART terminar con la incertidumbre en cuanto a los instrumentos que se deben utilizar para determinar una incapacidad.
Ya se avanzó en la creación de este cuerpo profesional en Mendoza y son auspiciosas las conversaciones que se mantienen con la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y la Suprema Corte de Córdoba.
Resta lograr, además, la adhesión a la Ley de las provincias de Santa Fe (media sanción en el Senado), Chubut, Catamarca, La Pampa, La Rioja, Tucumán, Santa Cruz; San Luis y Santiago del Estero y avanzar en la cobertura de monotributistas y autónomos, mediante la profundización del análisis económico de los costos para los trabajadores.
En materia de prevención, la intención es consolidar un sistema integral de capacitación con foco en la prevención de los accidentes laborales y las enfermedades profesionales, en sectores y actividades específicos para el logro de resultados concretos que se reflejen en la merma de los accidentes laborales, la elaboración de material de buenas prácticas para los trabajadores y programas de estudio y capacitación en consonancia con las secretarías de formación y capacitación de los gremios.
En definitiva, tenemos una Ley enfocada a reducir más la siniestralidad laboral y a cuidar el empleo con condiciones seguras y saludables para los trabajadores argentinos. Fue un paso necesario para darle estabilidad y certidumbre al sistema de riesgos del trabajo.
(*) Superintendente de Riesgos del Trabajo (SRT)