Unas poco usuales referencias a la Legislatura y a la suerte de un proyecto de ley del Ejecutivo que no prosperó -junto a un rosario de quejas por la deuda “flotante” y la “consolidada”- son parte de los fundamentos del decreto que lleva el número 69 y dispone el congelamiento de las tarifas.
En el Boletín Oficial se publicó días atrás el decisorio, de fecha 29 de enero, que -tal como había sido anunciado-, congeló por 60 días los cuadros tarifarios de la Empresa Provincial de la Energía, de Aguas Santafesinas Sociedad Anónima y de los peajes de la autopista Santa Fe-Rosario. En pocas palabras, tal como ocurre desde hace un año no habrá aumentos en febrero y marzo. La diferencia es que ahora lo dispone un decreto.
Obviamente, el argumento central que expone el gobierno sanafesino se enfoca en la Ley Nacional Nº 27541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública que facultó al presidente Alberto Fernández a mantener sin cambios las tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación con las empresas concesionarias “propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias durante el año 2020”, indica el decreto santafesino.
Uno de los párrafos que, seguramente, se leerá con atención en las Cámaras es el siguiente: “(...) en el marco de la situación de emergencia que atraviesa la provincia en diferentes aspectos, resulta necesario contribuir a la atención de la situación de vulnerabilidad económica y social de la población y a dar viabilidad a los sectores productivos”.
Y mas adelante dice que “en el plano estrictamente provincial”, los problemas económicos, productivos y sociales mencionados “suponen además un reconocimiento de los límites que impone una situación que, en el orden económico, financiero y fiscal, debe calificarse sin dudas como de necesidad pública, calificación que este Poder Ejecutivo ha promovido por parte de la Legislatura de la Provincia, y volverá a plantear ante ella, por entender ajustada a las circunstancias del caso”.
Y sigue con aspectos que no están directamente vinculados con los servicios públicos y los peajes: “a esos fines resultan especialmente necesarias las autorizaciones legislativas que este Poder Ejecutivo ha solicitado y sobre las que cree por ello indispensable insistir ante la H. Legislatura, para poder concertar operaciones de crédito público con el objeto de atender renegociaciones de contratos públicos, la cancelación de deuda flotante, el pago de la deuda consolidada en los términos del artículo 54 de la Ley Nº 13938 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, y para recomponer las existencias del Fondo Unificado de Cuentas Oficiales a la Vista (Fuco)”.
Desde que se inició este debate entre el oficialismo y la oposición, la Casa Gris ha dicho que el congelamiento de las tarifas era parte de su paquete de leyes o “multiemergencia”. Y que no era posible lo uno sin lo otro. Sin embargo, el 69 llegó sin los reclamados tratamientos legislativos preliminares.
El decreto N° 69 incluye las tarifas que -por el metro cúbico de agua potabilizada y transportada- pagan las cooperativas del sector de saneamiento al Estado Provincial, mediante el sistema de grandes acueductos. Así lo indica su art.3ro al citar el decreto N° 4486/17 sobre dicho sistema.