ANMAT prohibió la comercialización de unos alfajores, un choclo en lata, un termo y una yerba
Imagen ilustrativa.
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió, a través de lo publicado este miércoles en el Boletín Oficial, un alfajor de chocolate, un choclo en granos, una yerba mate con hierba serrana y un termo de acero inoxidable.
En la disposición 1386/2020 se ordena la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de internet del producto rotulado como “Alfajor de chocolate negro relleno de crema de avellanas” y el “Alfajor de chocolate negro relleno de mousse de chocolate” de la marca Piache RNPA N° Expte N° 2019-10438548 para Piache. La Administración constató que en ambos casos en los envoltorios se consigna el símbolo de alimento libre de gluten “sin TACC”.
Entre las razones de la prohibición, se explica que son “alimentos falsificados que utilizan los registros sanitarios de otro titular” y que “existe una probabilidad razonable de consecuencias adversas temporarias y/o reversibles en la salud de los consumidores celíacos por lo que deberá extenderse la prohibición hasta el nivel de distribución minorista.
Por otra parte, agrega que “carecen de la debida autorización sanitaria” por lo que la ANMAT “recomendó a los consumidores, en especial a la población celíaca, que hayan comprado o tengan en su poder el producto, que se abstengan de consumirlo y a quienes expendan los productos mencionados que cesen su comercialización”.
Además explica que “en su base de datos no existe la razón social PIACHE y existen evidencias de que la marca señalada utiliza un RNE debidamente autorizado pero perteneciente a otro establecimiento” y que “se hallan en infracción a la normativa vigente por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado y no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República” y “por estar falsamente rotulado, por no consignar en su rótulo la declaración de alérgenos, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
Por otra parte, se prohibió la comercialización del Choclo amarillo en granos, marca San Remo, lote NSOCOI, vto 23/10/22, RNPA Nº 027-00-005874, RNE Nº00000467”.
En tal sentido, la ANMAT remarcó: “el producto no es apto para consumo ya que se observó el envase y su tapa hinchado y óxido en su punto de cierre, al abrirlo se evidenció liberación de gas, líquido espeso con alta densidad y abundante sólidos con poca cantidad de granos de choclo y olor ácido intenso putrefacto. Se detectó la presencia de Bacilluys Cereus y Anaerobios Sulfitos Reductores”.
Luego, también se prohibió a los “Termos Acero Inoxidable – Nombre de fantasía: Romania, Termo mate, marca: Romania, Inox Termo Mate MAT – 45, Nuevo Diseño, Made in RPC”, porque “contenía 1,6% de impurezas constituidas por cobre.
Finalmente, se estableció la prohibición del “consumo, la comercialización y la distribución todo el territorio nacional del producto “Hierbas Serranas con Yerba Mate, marca Hierbital, Mezcla de Poleo, Yerba mate, peperina, menta y cedrón, Cont. neto 500 g, RNPA Nº 04-045124, RNE N°04-001868, elaborada y fraccionada por: Avaro Hnos. SRL Av. Presidente Perón N° 2936 Villa María, Córdoba”.
Entre los considerandos se marca que ante “un análisis microbiológico y físicoquímico se detectó la presencia de Salmonella Spp y valores de recuento de Escherichia Coli y esporas de Bacillus Cereus”.