El Tribunal Oral Federal de Santa Fe (TOF) condenó a cuatro personas, una de ellas de nacionalidad paraguaya, por el transporte y tenencia de una mochila con casi 8 kilos de cocaína, informó el Centro de Información Judicial (CIJ). La causa se había iniciado en la Justicia Federal de Chaco, pero como el procedimiento se produjo en jurisdicción santafesina, el tribunal de origen se declaró incompetente y remitió las actuaciones a sus pares locales, quienes finalmente cerrar el caso con un juicio abreviado.
El 3 de septiembre de 2018, gracias a las tareas de inteligencia efectuadas por el Centro de Reunión de Información “Chaco” de Gendarmería Nacional Argentina, se determinó que una mujer recibiría material estupefaciente de la mano de un camionero, dedicado al traslado de mercadería desde Paraguay hacia distintos puntos de la Argentina y Chile. El informe de inteligencia pudo indicar el punto precisa de la provincia de Santa Fe en que tendría lugar dicho encuentro. Además, las pesquisas permitieron identificar e intervenir los teléfonos de los presuntos implicados.
El día pactado para la entrega “se efectúa el seguimiento de un camión Scania dominio paraguayo, desde la provincia del Chaco hasta la localidad de Gobernador Candioti”, más precisamente a una estación de servicio ubicada sobre Ruta Nacional Nº 11, “donde se observa el traspaso de una mochila hacia un automóvil Fiat Uno”. Inmediatamente luego de realizar el intercambio los vehículos se separaron y comenzó la persecución. Durante su intento de fuga, los ocupantes del Fiat arrojaron por la ventanilla una mochila con 7,9 kilos de cocaína y momentos más tarde fueron detenidos, identificándolos como Juan Carlos Bonneau (41) y Nanci Edit Hilbe (38), según consta en el texto judicial.
Al mismo tiempo, en avenida de Circunvalación Oeste y calle Gorostiaga, fue interrumpida la marcha del camión en el que se transportaban Claudio Francisco Satler (50) y el paraguayo Fernando Ariel Vera Sánchez (34).
El 4 de diciembre de 2018 se dicta el procesamiento de los cuatro como coautores del el delito de “transporte de estupefacientes agravado por la participación de tres o más personas”, dejándolos en prisión preventiva. Seis meses más tarde, el fiscal federal subrogante de la ciudad de Resistencia requirió la elevación a juicio, pero el 29 de agosto de 2019 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de dicha ciudad declaró la incompetencia territorial.
El expediente pasó a la órbita de la justicia federal santafesina, donde el fiscal general ante el TOF, Martín Ignacio Suárez Faisal, solicitó se imprima a la causa el trámite del juicio abreviado, según lo acordado con los abogados Julio Agnoli -defensor público- y Pedro Peluffo -defensor particular-. Hilbe y Bonneau fueron acusados del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, mientras que a Satler y Vera Sánchez se los acusó de “transporte de estupefacientes”.
El grado de participación en el ilícito no fue el mismo, ya que a Bonneau y Vera Sánchez se los sindicó como “partícipes secundarios”, recibiendo ambos penas de 2 años y seis meses de prisión, más multa por $ 162.000.
Si bien la pena podría haber sido de ejecución condicional, el juez que dictó el fallo, Luciano Homero Lauría, señaló que “la importante cantidad de estupefacientes secuestrados me indican que estamos frente a un delito de considerable magnitud que demuestra una conducta irreflexiva de la que no se conocen móviles- y que merece un reproche penal equivalente; debiendo, en consecuencia, cumplir en forma efectiva la prisión impuesta como sanción”.
En cuanto a la mujer y el camionero -Satler-, les fue impuesta una pena de 5 años de prisión y multas por un valor de $ 324.000. Para el magistrado existe una “vasta cadena de sucesos que sindican a la nombrada -Hilbe- como tejedora y coordinadora del entramado delictivo cuya finalidad era la reposición del material estupefaciente para su posterior venta; accionar registrado a través de las escuchas telefónicas y tareas investigativas realizadas, que permiten acreditar las maniobras y los roles desempeñados”.