Dr. Roberto Sukerman (*)
Dr. Roberto Sukerman (*)
Esta semana el Gobernador Omar Perotti presentó ante la Cámara de Senadores el proyecto de ley para extender el mandato de las comisiones comunales de dos a cuatro años a partir de las elecciones provinciales de 2023 y, de este modo, incorporó el tema en el período de sesiones extraordinarias de la Legislatura.
Inmediatamente, el ex Gobernador y actual presidente de la Cámara de Diputados, Miguel Lifschitz, manifestó que su bloque -con mayoría automática, ya que cuenta con 28 sobre 50 integrantes del cuerpo- rechazará la propuesta por considerar que debe hacerse mediante reforma de la Constitución provincial y no por ley.
De acuerdo con normas constitucionales y legales, en nuestra provincia los entes locales se dividen en comunas y municipios según su núcleo poblacional sea inferior o supere los diez mil habitantes, y en el caso concreto de las comisiones comunales el mandato de dos años fue establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica de Comunas N° 2439 del año 1935 y en el artículo 107 de la Constitución de Santa Fe del año 1962.
Esta distinción, y la consecuente limitación del mandato de las comisiones comunales a dos años, tuvo su razón de ser en un momento histórico donde las comunas tenían muy poca población y sus necesidades eran atendidas de manera directa por el gobierno provincial.
Sin embargo, con el correr de los años la gestión comunal se fue complejizando y gran parte de las funciones estatales esenciales se trasladaron a municipios y comunas. Hoy, ya nadie puede desconocer que abreviar los tiempos de mandatos lleva a grandes dificultades en la gestión de las comunas santafesinas que, si bien son demográficamente menores, no por ello deben prescindir de una gestión moderna y eficiente para atender los intereses de la comunidad que representan.
Luego de la reforma de la Constitución nacional en 1994 la diferenciación entre municipios y comunas, como así también el plazo de mandato de dos años para las autoridades comunales, ya no encuentra sustento jurídico alguno, más aún cuando el artículo 123 de la Constitución reformada ordenó a las provincias asegurar la autonomía municipal y reglar su alcance y contenido "en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero."
En oportunidad de pronunciarse y reafirmar la autonomía de los municipios, la Corte Suprema de Justicia de la Nación expresó en innumerables sentencias que ellos, junto a las provincias y al Estado Nacional, conforman el régimen federal argentino; también señaló que las municipalidades son organismos de gobierno de carácter esencial con un ámbito propio a administrar.
Y con relación al sistema de municipios y comunas santafesino, en reciente fallo "APM c/ FESTRAM" del 29/10/2020 resolvió "Exhortar a las autoridades provinciales a dictar las normas necesarias para el debido cumplimiento del mandato que emerge del art. 123 de la Constitución Nacional."
Es indiscutible que estamos obligados a adecuarnos al standard impuesto por la Constitución nacional y podemos coincidir que lo ideal es reformar la Constitución local, pero lo ideal es enemigo de lo posible. Lamentablemente, la falta de consensos y acuerdos entre los diferentes sectores políticos han hecho naufragar todos los intentos de avanzar en una reforma a la carta magna provincial. No podemos permitir que se siga negando la autonomía municipal y comunal por falta de reforma constitucional. Si no hay reforma; que sea por leyes, por ordenanzas y hasta por sentencias judiciales como está haciendo la mismísima Corte nacional. Como bien señaló el entonces convencional por Santa Fe en la reforma de 1994, experto en Derecho Municipal y hoy ministro de la Corte, Horacio Rosatti: la provincia que no asegure la autonomía municipal es susceptible de intervención federal. Eso significa que la Constitución nacional debe hacer caer con todo su peso las inconstitucionalidades de las provincias que no respeten el art. 123, aún las contenidas en las Constituciones provinciales.
Desde siempre defendimos la autonomía municipal y lo hicimos en los distintos ámbitos que participamos, prueba de ello es, entre otros, el proyecto de Ordenanza que en 2018 presentamos en el Concejo Municipal de Rosario para declarar a la ciudad plenamente autónoma.
Ahora, como responsables del gobierno de Santa Fe no podemos consentir la subsistencia de normas provinciales, inclusive aquellas de la propia Constitución local, que al contrariar los preceptos de nuestra Constitución nacional generan una inconstitucionalidad sobreviniente con innegables consecuencias institucionales para el Estado, sus ciudadanos y ciudadanas. Tampoco podemos permanecer indiferentes ante una situación que actualmente impacta directamente en la vida de los habitantes de las más de trescientas comunas santafesinas, ya que como dijimos los mandatos comunales no están adaptados a los tiempos que corren.
Pero, además, debe recordarse que la extensión de los mandatos de aquellas es una demanda histórica de sus representantes que el Gobernador Perotti decidió apoyar y promover, generando encuentros y mesas de trabajo con los mandatarios de todas las localidades santafesinas, quienes unánimemente reclamaron la ampliación a cuatro años de los mandatos de las autoridades comunales.
Perotti, como buen ex intendente y defensor de las autonomías de los gobiernos locales, expresó "no voy a borrar con el codo de gobernador lo que escribí con la mano de intendente".
El Estado santafesino debe honrar los preceptos de la Constitución nacional y lejos de ser una "jugada política de bajo vuelo" -como sostienen quienes desconocieron el principio esencial de autonomía municipal y la utilizaron "como escudo y no como espada" cuando les tocó gobernar- el proyecto de ley que impulsamos desde el gobierno provincial es absolutamente constitucional, completamente legítimo en sus orígenes y representa un indiscutible salto de calidad institucional para nuestra provincia.
(*) Docente por concurso de Derecho Constitucional y de Derechos Hunmanos. Facultad de Derecho. UNR - Ministro de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad de la Provincia de Santa Fe.