En Senado santafesino ingresó un proyecto de ley que promueve el uso de los baños unisex o sin género, en el marco de las políticas públicas y los nuevos derechos para superar situaciones de discriminación.
La norma en estudio obliga a que los sanitarios unisex se encuentren en todos los edificios del Estado o del ámbito privado abiertos al público. El objetivo es superar la discriminación.
En Senado santafesino ingresó un proyecto de ley que promueve el uso de los baños unisex o sin género, en el marco de las políticas públicas y los nuevos derechos para superar situaciones de discriminación.
El senador Armando Traferri (PJ-JDP-San Lorenzo) presentó la iniciativa y dijo que "los baños inclusivos tienen que ser promovidos desde el poder político. No son más que baños como los que existen en las viviendas particulares para todos sin discriminación por género".
El primero de los ocho artículos del proyecto, que se encuentra para su estudio en comisiones, establece en todo el territorio provincial "la obligatoriedad de contar con baños inclusivos para todo establecimiento o edificio de uso o de acceso público, sea su propiedad pública o privada, por lo que los mismos deberán contar con instalaciones sanitarias destinadas al público sin separación por género".
Además, "la cantidad y composición de los servicios sanitarios estarán determinados en función de la clasificación de los edificios, de las capacidades según destinos, de los metros cubiertos ocupados" y de sus demás características.
El siguiente artículo avanza con una definición: "Se entiende por establecimiento de uso y/o acceso público, a los fines de la presente ley, a aquellos ámbitos urbanos arquitectónicos, donde las personas concurran a realizar actividades como usuario, beneficiario o consumidor de las distintas prestaciones, sea su propiedad pública o privada. Entre otros, se consideran establecimientos de uso y/o acceso público: los hospitales; las terminales de transporte público; anfiteatros, auditorios, cines teatros y similares; edificios de reunión bajo techo y/o al aire libre; bibliotecas, iglesias salas de convenciones, exposiciones, juegos, salón de fiestas, restaurantes y similares; oficinas de uso y/o acceso público; edificios comerciales y/o industriales; edificios educacionales; baños públicos en parques, paseos públicos y plazas principales de dominio público".
Y el tercero describe: "Baños inclusivos son aquellos aseos diseñados para ser utilizados por todas las personas, sin distinción de su identidad sexual".
Más adelante deja en manos de la autoridad de aplicación que designe el Poder Ejecutivo las condiciones y características que tendrán esos sanitarios, sus dimensiones, diseño, medidas de seguridad e higiene y de "sus elementos constitutivos en particular, señalando las descripciones sobre su debido uso".
Se fija un plazo de dos años para "realizar las adecuaciones o remodelaciones exigidas por la presente ley en los establecimientos y edificios públicos con acceso público ya existentes", en tanto que "para toda obra nueva y/o nueva habilitación de los establecimientos mencionados, se requerirá imprescindiblemente para su aprobación, el cumplimiento de las normas referidas a baños inclusivos que en esta norma se disponen".
La iniciativa del senador del Nuevo Espacio Santafesino invita a los municipios y comunas a adherir e incorporar en sus respectivos reglamentos de edificación esos contenidos normativos.
Desde su banca, el senador Traferri explicó que fue un reciente hecho violento, en el departamento San Lorenzo al que representa, el que lo decidió a presentar su proyecto a favor de los baños unisex.
"Una adolescente trans de apenas 16 años de edad, en la ciudad de Fray Luis Beltrán, a quien se le negó el acceso al baño de mujer, fue golpeada por un grupo de 15 personas hasta desmayarla. La joven sobrevivió gracias a los amigos que pudieron socorrerla, siendo trasladada en ambulancia hasta el hospital local luego de padecer este terrible acto de injusticia, discriminación y violencia de género", relató.
Dijo que el suceso "conmocionó a toda nuestra comunidad con profundo dolor y tristeza. Si estamos seguro de algo, es que no queremos que ninguna persona sufra nunca más tales agresiones por su identidad de género", expresó.
"En muchos países del mundo esta discusión se ha dirimido de manera individual, mediante Iniciativas de empresas particulares. Por caso, la empresa Target, titular de grandes cadenas de tiendas de compras en Estados Unidos lideró la propuesta de baños unisex. En los países escandinavos esto es moneda corriente. Hasta la Casa Blanca inauguró en tiempos de Obama baños unisex. No es una discusión menor, y ha generado controversias en los últimos años a lo largo del mundo. Una manera de disminuir la tensión por este debate es modificar la norma de modo de que de ahora en adelante todos los baños construidos en lugares públicos sean sin identificación de género", indican los considerandos del proyecto de ley de Traferri.
"Los baños deberán contener compartimientos individuales, sin mingitorio, con inodoro, que podrá ser utilizado por cualquier persona. Esto resguarda la privacidad y también impide discriminaciones a la hora de usar baños públicos. Así mismo, facilitará las cosas a padres acompañados de hijas pequeñas o de madres acompañadas de hijos pequeños, para quienes muchas veces resulta dificultoso proceder a la hora de utilizar baños públicos. Además, dirimirá la discusión respecto de qué baño debe usar alguien perteneciente a la comunidad trans. Mientras se resguarde la intimidad de las personas en un compartimiento individual, en Santa Fe no debería existir más esta discusión".
"Los prejuicios sobre temas de género, así como roles asignados a hombres y mujeres, se transfieren en el imaginario colectivo a la división de espacios", sostuvo el jefe de la bancada Juan Domingo Perón.
Y agregó que con su propuesta los santafesinos "nos adecuaremos al cumplimiento de la Ley Nacional Nº 26.743 de Identidad de Género que expresa que todo individuo tiene derecho a ser tratado como se autopercibe".
Los considerandos destacan que las leyes 26.618 de Matrimonio Igualitario y 26.743 de Identidad de Género significaron "un cambio profundo en la sociedad argentina" que "permitió ampliar derechos a gran cantidad de personas que no contaban con las condiciones jurídicas para vivir plenamente sus vidas y ver legitimados sus derechos".
"Si bien la legislación se torna de vanguardia a nivel mundial, en algunos sectores de la sociedad siguen vigentes representaciones, creencias y estereotipos necesarios de ser revisados, dado que tensionan los principios de estas leyes. Se torna indispensable poder trabajar la identidad de género definida en la Ley 26.743, art. 2, como 'la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales'. Esta Ley, en su primer artículo, establece que 'toda persona tiene derecho: a) Al reconocimiento de su identidad de género; b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada' ".
Además en el artículo 12 refiere al "Trato digno" que dice "deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad", cita el autor de la norma.
"Las características y roles que definen el 'ser varón' y el 'ser mujer' no están naturalmente dadas, sino que constituyen expectativas sociales contextual e históricamente definidas", afirma el proyecto. Desde el momento del nacimiento, el sujeto incorpora estas expectativas y concepciones hegemónicas acerca de lo masculino y lo femenino, que influyen en su forma de pensar, sentir y actuar.