Corresponsal de Rosario
El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual condenó a la Municipalidad de Rosario a indemnizar a la familia de un vendedor ambulante que murió luego de ser embestido por un automovilista en 1994.
La resolución judicial entiende que el Ejecutivo también es responsable en no haber tapado un bache ubicado justo sobre la ochava y que el Volkswagen 1500 mordió antes de atropellar al hombre de 65 años.
El monto indemnizatorio llegaría a los 500 mil pesos, que también recaerá sobre el adolescente que manejaba el auto, y sus padres.
En tanto, el secretario de Gobierno de la Municipalidad de Rosario, Juan Carlos Zabalza, anunció que la intendencia no apelará el fallo del tribunal. "Es una responsabilidad del Estado que hay que cumplir", apuntó el funcionario, quien consideró también que detrás de "estos juicios hay gente que intenta lucrar con estos temas".
Según lo destacó la prensa rosarina, el 5 de noviembre de 1994, Daniel Gustavo Godoy (por entonces menor de 18 años) iba al mando del Volkswagen 1500, por Provincias Unidas con dirección hacia el norte cuando a la altura de Amenábar chocó contra un triciclo utilizado para el reparto de mercadería que conducía Juan Ramón Ramírez.
Según el imputado, en esta intersección se encontró con un bache cubierto de agua y se le encajaron las ruedas de adelante provocando la pérdida de control del auto hasta embestir la bicicleta del vendedor de artículos de limpieza. El pozo carecía de señalización y brotaba agua de su interior. Como consecuencia de la colisión, el hombre de 65 años sufrió politraumatismos que le provocaron la muerte en el Hospital de Emergencias Clemente Álvarez (Heca).
Entre los responsables de lo sucedido figuran los padres del menor de edad, Daniel Gustavo Godoy y María Elena Herrera. Pero también se involucra a la Municipalidad de Rosario, por tener a su cargo el bacheo y mantenimiento de la vía pública.
En su fallo, el tribunal consideró que "si Daniel Gustavo Godoy se encontró con un pozo ubicado en plena calle, se concluye que estamos ante un típico caso de daño causado por el riesgo de la cosa", y agregó: "Es el organismo quien tiene la responsabilidad primaria de que la vía pública, dentro de la órbita de su jurisdicción, se encuentre en buen estado de conservación y que no haya elementos, obstáculos u otro tipo de accidentes sobre su superficie, que puedan significar un riesgo para quienes la transiten".