Amplían los alcances del recurso de amparo

Por unanimidad y en un clima de inusual acuerdo, los diputados nacionales aprobaron ayer el proyecto que amplía y define los alcances del recurso de amparo, el instrumento judicial que permite reclamar la protección de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución.

De esa forma, la Cámara Baja dio un paso significativo para saldar una asignatura pendiente de la reforma constitucional de 1994 y reemplazar los anquilosados decretos que regulaban el amparo, sancionados paradójicamente durante la dictadura de Juan Carlos Onganía.

El amparo nació para dar una respuesta sumaria a la necesidad de proteger los derechos constitucionales ante su violación o restricción. A pesar de su larga trayectoria, el recurso recién fue consagrado en la Constitución por la reforma de 1994, en sintonía con los tratados internacionales que exigían la existencia de un mecanismo sencillo y ágil para el resguardo de los derechos ante los tribunales competentes. Pero desde entonces, el Congreso adeudaba una ley de reglamentación que definiera su alcance.

Durante meses, los diputados de la Comisión de Legislación General buscaron alcanzar un amplio nivel de acuerdo para definir un texto común. Por ello, el proyecto fue aprobado ayer por unanimidad y girado al Senado para su sanción definitiva.

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Intereses colectivos

En su aspecto más novedoso, el proyecto crea la figura del amparo colectivo y así permite que sea presentado por organizaciones civiles cuando consideren que se afecta a un conjunto de ciudadanos. Hasta ahora, sólo se admiten presentaciones individuales. La propuesta elaborada por los diputados, a su vez, establece los requisitos para presentar esa demanda y fija plazos para que el juez pueda considerarla.

El proyecto habilita al Defensor del Pueblo, al Ministerio Público, a las asociaciones de defensa de los derechos de los usuarios y consumidores o a entidades de defensa del medioambiente a realizar presentaciones colectivas.

El dictamen advierte que "la acción de amparo es inadmisible cuando exista otro medio judicial que permita obtener de forma más idónea la protección del derecho o garantía de que se trate, o cuando la decisión de la causa requiera de mayor amplitud o prueba, y se intenten pretensiones cuyo objeto sea la condena a reparar daños y perjuicios".

El plazo para interponer un recurso de amparo será de 45 días hábiles y excluye los reclamos por daños y perjuicios.