Reclamaban diferencias salariales

La provincia pagó 4,5 millones de pesos a jueces amparistas


La causa se tramitó durante 14 años y terminó beneficiando a 65 magistrados y funcionarios del Ministerio Público. La sentencia se sustentó en la intangibilidad de los sueldos de los miembros del Poder Judicial.

Cuatro millones y medio dividido sesenta y cinco. Cuatro millones y medio de pesos dividido sesenta y cinco jueces. Ése es el dinero que se repartió entre esa cantidad de magistrados del centro norte de la provincia, gracias a una acción de amparo por reclamos salariales.

El expediente lo habían iniciado en 1992. Esperaron 14 años, pero por fin, tuvieron los cheques en sus manos. Como en otros casos, también aquí la provincia terminó desembolsando una suma millonaria para pagarle a jueces que litigaron por aumentos en sus sueldos.>

Esta vez, la causa caratulada como "Carreras, Roberto y otros c/provincia de Santa Fe s/ Recurso de Amparo", la iniciaron en el juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe. Y en realidad, ya el 26 de febrero de 1993 habían logrado que el primer conjuez interviniente, el Dr. José Luis Lemoine, hiciese lugar al planteo. El argumento: la intangibilidad de los sueldos de los miembros del Poder Judicial, y en consecuencia, el reconocimiento del derecho a acceder a todos los aumentos de haberes que se otorgaran por acordadas de la Corte Nacional, desde 1991.>

Pero fue necesario que se sorteara una media docena de conjueces para que recién el último terminara librando las órdenes de pago en 2006. Los demás se fueron excusando por diferentes razones. >

En total, los que resultaron beneficiados con este amparo fueron 65 magistrados y funcionarios del Ministerio Público, de todos los fueros y varias ciudades.>

Los capítulos

El expediente tuvo muchas idas y venidas en catorce años al margen de los sucesivos cambios de conjueces, porque más allá de la sentencia que viabilizó el amparo, debía acordarse una liquidación común.

Mediaron un planteo de inconstitucionalidad sin suerte formulado por la provincia, y reiteradas propuestas y contrapropuestas de pago. >

Hasta que en 2000 surgió una nueva pretensión de cobro de los accionistas a la que la provincia respondió con una contraoferta, y objeciones al reclamo de algunos amparistas en particular. Esta contrapropuesta de liquidación de capital no fue objetada por los demandantes, quienes a su vez, liquidaron los intereses que querían percibir; ese monto tampoco fue impugnado por la provincia. >

En febrero de 2004, el conjuez del momento, Dr. Oscar Radkievich, citó a las partes a una audiencia de vista de causa, pero la provincia no fue. Los amparistas, que sí asistieron representados por su patrocinante, la Dra. María de los Angeles Sobrero, ratificaron la aceptación de la liquidación por capital que la provincia había formulado previamente. Pero en octubre de ese mismo año, Radkievich se excusó; se sortearon 2 nuevos conjueces que también se apartaron, hasta que en febrero de 2005 recayó la causa en la Dra. Cristina Walker. >

En junio de 2005, Walker aprobó la liquidación. En su resolución, a la que accedió El Litoral, argumentó que al existir sentencia "ya había cosa juzgada", y reparó en que la provincia si bien había ofrecido pruebas "no las había producido, ni asistido a la audiencia de vista de causa". Apeló también a la intangibilidad, y consideró que si ya no existían "controversias" respecto de los montos, entonces debía autorizarse la liquidación.>

Y así lo hizo. Los montos resultantes fueron: por capital, la suma de 1.583.368 pesos propuestos por los demandantes; por intereses, la suma de 2.950.538 pesos pretendidos por los amparistas y no cuestionados por la provincia. Los intereses casi duplicaron el monto de capital. Walker dispuso que el 65% de las costas fuesen a cargo de la provincia, y el resto, a cargo de los amparistas.>

El final

El planteo de los jueces del centro-norte tomó como antecedente un juicio también de amparo que había iniciado un grupo de magistrados rosarinos (Abalos, Benjamin y otros c/ Provincia de Santa Fe). El planteo se presentó en 1992 y prosperó. En ambos casos apelaron al argumento constitucional de la "intangibilidad" de los sueldos de los magistrados.

En febrero de 2006, la Dra. Cristina Walker pidió su apartamiento de la causa por dedicación exclusiva en un nuevo rol académico. Para ese entonces y habiendo hecho ya la provincia el depósito correspondiente de los fondos, al nuevo conjuez sólo le quedaba firmar las órdenes de pago. La tarea recayó a partir de abril pasado en manos del Dr. Pablo Guastavino, el sexto y último conjuez de esta historia. >

Seis

Los seis conjueces que fueron sorteados en la causa y se excusaron por diferentes razones fueron: José Luis Lemoine, Oscar Radkievich, Roberto Smerling, Aldo Melitón Gómez, Cristina Walker y Pablo Guastavino. Según pudo saber El Litoral, otros amparos similares se tramitaron de manera casi paralela en el mismo juzgado, pero el de montos más significativos fue el caratulado como Carreras y otros c/Provincia de Santa Fe.

Por la ley 12.036, el Poder Ejecutivo provincial está obligado a disponer de las partidas presupuestarias necesarias para hacer frente a las sentencias firmes con liquidación cierta. Por eso, según confirmaron a El Litoral fuentes del Ministerio de Hacienda, los fondos para hacer frente al pago de estos amparos ya habían sido imputados en el presupuesto 2006.

Intangibilidad

El principio de intangibilidad de los sueldos de los miembros del Poder Judicial está sustentado en el Art. 110 de la Constitución Nacional según el cual, los jueces de la Corte Suprema y Tribunales nacionales inferiores recibirán por sus servicios una compensación que "no podrá ser disminuida en manera alguna mientras permanecieran en sus funciones". También, por el Art. 88 de la Constitución provincial, cuando sostiene que dichas remuneraciones "no pueden ser suspendidas ni disminuidas". El planteo de los amparistas, sin embargo, no parecía sugerir una "suspensión" ni "disminución" de sueldos; más bien, el enganche a los beneficios de los funcionarios judiciales de la Nación.

Ivana Fux