Diputados giró la decisión al Senado
Votan nuevas figuras para los municipios
La Cámara de Diputados votó un proyecto que habilita a las municipalidades y a las comunas a asociarse en regiones. Además insistió con incluir institutos de democracia semidirecta para los gobiernos locales.

La Cámara de Diputados dio media sanción y giró en revisión al Senado dos proyectos de ley que apuntan a modernizar el funcionamiento de las municipalidades. Por un lado propende a fomentar el asociativismo creando regiones y por el otro incorpora la iniciativa popular, referéndum y consulta popular, revocatoria popular, audiencia pública y comisiones de vecinos como institutos de democracia semidirecta en la ley orgánica de municipalidades.

El primero de los proyectos fue motorizado por los justicialistas Darío Scataglini, Gustavo Deheza y Julia Pesaresi y autoriza a que "los municipios y comunas podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y constituir organismos con facultades para el cumplimiento de sus fines, pudiendo celebrar convenios intermunicipales de asociación y cooperación para la realización de actividades de interés común propias de su competencia legal.>

Esta autorización les permite formar parte de entidades de carácter provincial, nacional o internacional que tengan por finalidad la cooperación y promoción municipal.>

La iniciativa votada determina que los organismos asociativos intermunicipales actuarán como personas jurídicas de derecho público.>

Entre los fines de esa asociación enumeran la ejecución de obras y prestación de servicios públicos comunes; contratación de personal técnico o especializado; planificación conjunta, cooperación técnica y asesoramiento mutuo referido a cuestiones de índole urbanística, económica, política, social y de la producción; concesión de avales, convenios de asistencia financiera y créditos recíprocos; adquisición conjunta de insumos, equipos y maquinarias; realización de convenios de reciprocidad cultural, deportiva, turística y de gestión pública e institucional; coordinación de actividades pedagógicas y culturales con la comunidad educativa regional; realización de obras de interés conjunto con la participación de las provincias o la Nación; entre otros.>

Scataglini justificó el proyecto en la necesidad "de repensar el municipio y promover su adecuación a los requerimientos de la sociedad argentina del siglo XXI". Definió a la intermunicipalidad, como "la posibilidad de conformar organizaciones aptas para llevar a cabo empresas de importante magnitud que los municipios, individualmente, no pueden llevar a cabo. Estas formas de cooperación permiten abaratar el crédito, ahorrar recursos a la hora de adquirir insumos, organizar de manera más efectiva el cobro de tasas y servicios, realizar obra pública estructural y de mayor magnitud, y adoptar una mejor estrategia para la producción y comercialización nacional e internacional de productos municipales o regionales". >

Insistencia

Por otra parte, Diputados acompañó por segunda vez al justicialista Danilo Kilibarda en el intento de incluir mecanismos de democracia semidirecta en la ley orgánica de municipalidades. El intento anterior caducó en el Senado. En esta ocasión incorporó las figuras de la audiencia pública y la comisión de vecinos, tomadas de la legislación cordobesa.

El autor señaló que, por ejemplo, la revocatoria de mandatos está prevista en la ley orgánica de comunas pero nunca fue utilizado en la provincia.>

"Pretendemos dar status jurídico a institutos de democracia semidirecta que son procedimientos de participación del pueblo en la cosa pública y en el control de la cosa pública", dijo al fundamentar el voto del despacho.>

Las distintas figuras

Los institutos de democracia semidirecta incluidos por Diputados en la ley orgánica de municipios son los siguientes:

Iniciativa popular: para que los electores presenten proyectos de ordenanza ante el Concejo Municipal, cuerpo que deberá considerar dicho asunto en caso de reunir el número de firmas necesarias. Referéndum y consulta popular: en el primer caso se convoca al electorado para ratificar una ordenanza y en el segundo para temas de competencia tanto del Concejo como del Ejecutivo municipal. Revocatoria popular: es el derecho de los electores a destituir a los funcionarios electivos durante su mandato. En el caso del intendente deberá ser después del primer año y antes de iniciar el último del mandato. Audiencia pública: mecanismo a través del cual los vecinos proponen a la administración municipal la adopción de determinadas medidas pra satisfacer sus necesidades vecinales o reciben de ésta información de actuaciones de su competencia. Comisiones de vecinos: el municipio garantiza y promueve su funcionamiento para la satisfacción de necesidades comunes y para la mejora de la calidad de vida.