Disputa por una banca de diputado para la provincia

El Tribunal Electoral provincial no se expidió aún sobre el planteo de inconstitucionalidad que formuló el comité local de la Unión Cívica Radical para reclamar que la banca número 22 correspondiente a la oposición sea asignada a dicho partido, como resultado de la distribución proporcional de los votos obtenidos en la elección general del pasado 2 de setiembre. Ello permitiría que asumiera como legislador el actual intendente de San Cristóbal, Edgardo Martino.

El argumento de la UCR fue que, según el escrutinio provisorio, Martino habría obtenido 47.913 sufragios; es decir, más del 3,2 % de los votos válidos emitidos. En tanto, el criterio sostenido por el Tribunal para rechazar la postura es que se encontraría vigente la ley N° 9.280 -ley de partidos políticos y supuestamente derogada junto a la ley de Lemas-, que establece un umbral del 3 %, calculado sobre todo el padrón electoral (piso idéntico al fijado por el Código Electoral en su Art. 160). Si se tiene en cuenta ese criterio, la UCR sólo alcanzó el 2,8 por ciento de los sufragios.

Ante el recurso de inconstitucionalidad presentado, el Tribunal Electoral corrió traslado del escrito al fiscal de Cámara Nro. 1, Miguel Angel Molinari, a cargo de la Procuraduría de la Corte. Lo propio hizo con los apoderados del Frente para la Victoria, para que ambos actores se expidan.

Según pudo confirmar hoy El Litoral, ya emitió su opinión sobre el caso el procurador a cargo; sólo resta la palabra de los apoderados del Frente, que tienen tiempo hasta el lunes para responder. Hoy, ante la consulta de El Litoral, Juan Manuel Pussineri, apoderado del FPV, adelantó que para su sector sigue siendo "inadmisible el recurso de inconstitucionalidad planteado por la UCR porque ratificamos la vigencia de la ley N° 9.280". Con esta argumentación, el diputado electo sería Darío Scataglini, el número 22 en la lista del PJ. Según pudo saber este diario, la postura del procurador sería en el mismo sentido; rechazaría el planteo del radicalismo por sostener que antes de cuestionar la resolución del Tribunal, lo que deben hacer es plantear la inconstitucionalidad de la norma que invocan.

De todas maneras, el Tribunal Electoral sólo podrá expedirse una vez que conozca las opiniones tanto del procurador como del apoderado. Para ello tendrá diez días hábiles a partir del lunes.

La resolución de la disputa no sólo determinará quién será el diputado que asuma el 10 de diciembre; también es necesaria para que el Tribunal pueda aprobar los cómputos del escrutinio definitivo de la elección.