La Cámara de Diputados acompañó con el voto un nuevo pedido de informes del socialista Raúl Lamberto sobre las últimas designaciones de jueces comunales en la provincia. El objetivo central de la solicitud es saber si se cumplieron los requisitos de publicidad de los procedimientos y la fundamentación de las decisiones adoptadas por el órgano correspondiente.
El primer punto del pedido apunta a saber "si se da efectivo y estricto cumplimiento a la disposición contenida en el artículo 7º del decreto 2019/06, que establece que, con carácter previo al nombramiento a producir de la terna elevada por el Consejo Consultivo, el Poder Ejecutivo debe publicar en el Boletín Oficial, en el sitio web de la provincia, en un diario de amplia circulación en el territorio provincial y en otro de circulación en la circunscripción judicial de la vacante de juez comunal a cubrir, durante tres días, el nombre y los antecedentes curriculares de las personas que se encuentran en consideración para la cobertura de la vacancia".
Sobre las ternas elevadas al Poder Ejecutivo en los concursos realizados durante 2006 y 2007 se pidió informar: fecha, duración y contenido de la publicación efectuada en el Boletín Oficial y en el sitio web de la provincia, así como en los otros medios que dispone el decreto.
Solicita saber si en dichas publicaciones se ha dado a conocer a la comunidad que contaba con un plazo de diez días para presentar, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que fueran de interés expresar respecto de las personas propuestas o ternadas.
Si entre los propuestos se han recibido observaciones por parte de habitantes, y/o de organizaciones no gubernamentales, y/o colegios y asociaciones profesionales, y/o de instituciones académicas y de derechos humanos y/o de cualquier otra entidad. En caso afirmativo, individualizar el concurso e indicar la terna y sus antecedentes curriculares, cuál fue el candidato observado, fundamentos de la observación, trámite que siguió y pronunciamiento recaído sobre la misma y nombramiento efectuado.
El último punto quiere saber si se ha requerido opinión a organizaciones de relevancia en el ámbito profesional, judicial, académico, social, político y de derechos humanos a los fines de la valoración de las ternas elevadas al Poder Ejecutivo.
Lamberto recuerda que la facultad del Poder Ejecutivo de designar jueces comunales estipula ciertos requisitos establecidos en el decreto N° 2019 del año pasado.
El socialista remarcó que "la oscuridad procesal y las opiniones adversas de la ciudadanía del lugar le restan la imprescindible credibilidad que deben aportar a la función pública y al servicio de Justicia que se pretende instaurar. Los concursos deben ser mecanismos de selección tendientes a garantizar que los cargos sean ocupados por las personas más idóneas".
Para el legislador, "en aras de la transparencia de estos nombramientos existen dos cuestiones de importancia: la publicidad que se da a los procedimientos en sus diversas instancias y la fundamentación de las decisiones que toma el órgano decisor".
Lamberto entiende que en estos concursos, que otorgan estabilidad en el cargo, "no se sopesan con estricto cuidado las capacidades técnicas y la idoneidad en función de criterios más permanentes y que se pueden estar transgrediendo exigencias de publicidad y participación ciudadana expresamente previstas en la normativa vigente".
Por último, señala que "en un proceso de transición de gobierno toda decisión debe adoptarse sobre una base de incuestionable legitimidad, si queremos la profundización y el fortalecimiento del sistema democrático".