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Edición del Sábado 10 de noviembre de 2007
Información General: INFO-02
La ley sancionada incluye a parejas homosexuales.
Iapos: ingresan convivientes de los afiliados titulares
El Senado aprobó un proyecto que consagra la posibilidad de que el afiliado al Iapos soltero, viudo o divorciado inscriba a quien sea su conviviente por más de tres años, o con quien tenga hijos. La norma dice explícitamente que el beneficio alcanza a todos los que tengan una de esas condiciones "cualquiera fuera su sexo".

De la redacción de El Litoral

Al cabo de un año de discusión en comisiones, la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad una reforma sobre la ley N° 8.288 que permite el ingreso a la obra social Iapos de los convivientes de los afiliados titulares.

La norma establece que los solteros, viudos o divorciados podrán solicitar la misma cobertura para quien con ellos conviva -sin importar su sexo-, siempre que se demuestre que existe entre ambos uno o más hijos en común, o más de tres años de convivencia.

Para que la modificación sea operativa sólo le resta que la ley sea promulgada por el Poder Ejecutivo (y publicada en el Boletín Oficial).

El texto impulsado por la diputada del ARI, Verónica Benas -que fue apoyado por todos los bloques en Diputados y en el Senado- agrega un nuevo inciso al artículo tercero de la ley que creó el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos).

El punto "d" dice textualmente "Reconócese el derecho a afiliación al conviviente del afiliado titular soltero, viudo o divorciado, que recibe del mismo ostensible trato familiar, cualquiera fuera su sexo".

Condiciones

La norma fija para acceder al beneficio acreditar al menos una de estas dos condiciones: que existan hijos nacidos de la unión (reconocidos por el titular del Iapos) o una convivencia superior a tres años.

Por otra parte, será obligatorio demostrar que "el conviviente se halla totalmente a cargo del titular, que no es beneficiario de otra obra social; que no posea ingresos de ningún tipo como tampoco bienes susceptibles de producir rentas y que no subsiste a su favor obligación legal de afiliación a cargo de otra persona".

Para Benas se trata de cumplir "una pauta de justicia, equidad y razonabilidad la incorporación como afiliados obligatorios, sin ningún tipo de cuota adicional, de las personas que convivan con el afiliado titular".

La arista explicó en los fundamentos del proyecto que "cuando la convivencia tiene carácter de notoriedad, singularidad y permanencia, a los fines del goce y ejercicio de los derechos de seguridad y de protección integral de la salud debe quedar equiparada a la reconocida por la legislación vigente entre cónyuges".

Docentes jubilados

La ley impulsada por Benas que aprobó la Legislatura (Diputados, en noviembre de 2006, y el Senado, el jueves pasado) contiene otra reforma sobre la ley del Iapos (8.288) que beneficia a los docentes jubilados.

Se trata de la inclusión de un nuevo inciso, el d), al artículo quinto de la norma que señala: "Las personas que obtengan su beneficio previsional en el ámbito nacional o en cualquier otro sistema previsional provincial público y que, al momento del cese o renuncia en caso de jubilación, o al momento del fallecimiento del agente activo o pasivo en caso de pensión, hayan sido afiliados al Iapos en su carácter de docentes" seguirán en la obra social.

El artículo está dirigido a brindar protección en el momento de la jubilación a docentes que fueron transferidos compulsivamente de la Nación a la provincia y que en su momento eligieron afiliarse y aportar al Iapos, en vez de permanecer en Osplad. Hasta hoy, la norma sólo permite continuar en la obra social a quienes se jubilen por la Caja de la provincia y excluye a los docentes transferidos que se jubilan por Caja nacional, a pesar de que en actividad sean afiliados y aporten al Iapos. "Hay que terminar con una situación de injusticia ya que, hasta ahora, al momento de jubilación o pensión, terminan siendo obligados a afiliarse a Pami", dijo Benas, para quien es "esencial que puedan tener la opción de continuar siendo afiliados al Iapos".



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