De la redacción de El Litoral
La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley que agrega un nuevo organismo descentralizado a las estructuras del Estado, bajo la órbita del Ministerio de Asuntos Hídricos (que fuera creado al comenzar el actual gobierno de Jorge Obeid).
Los representantes de los departamentos, por unanimidad, dieron media sanción a una propuesta de Juan Carlos Mercier que crea el Ente de Mantenimiento y Control de Obras de Defensas, que actuará sólo en La Capital y llevará la sigla Emcod, si la iniciativa prospera en Diputados.
"Actuará como persona jurídica estatal y tendrá a su cargo el mantenimiento y control de las obras de drenaje hídrico y defensas contra inundaciones, existentes o que se construyan en el futuro", dice el primer artículo, que luego precisa que será el Ejecutivo el que determine qué obras estarán en su órbita "evaluando especialmente el riesgo hídrico".
Buena parte de las funciones del ente son las que hoy tiene el Ministerio de Asuntos Hídricos, como por ejemplo, ejecutar tanto "los trabajos de mantenimiento de las obras de drenaje hídrico y defensas contra inundaciones, de modo de preservarlas", como "las obras complementarias que sean necesarias para que, en los lugares de paso público debidamente habilitados, las mismas no se degraden".
Otras tareas asignadas al Emcod serían, en cambio, las que hoy tienen las jurisdicciones municipales y comunales, como fijar "restricciones de uso y circulación sobre las defensas" o "ejercer el control y la vigilancia, por sí o por terceros, a los efectos de evitar el incumplimiento de las normas establecidas en función del ítem anterior".
También plantea nuevas competencias -que hoy están diluidas entre distintos niveles del Estado provincial, municipal y comunal-, como la de "coordinar con los demás organismos provinciales acciones conjuntas en todo lo relacionado con materias de su competencia".
El ente estará dirigido por un consejo de administración, integrado por dos representantes del gobierno provincial, que designará el Ejecutivo con carácter de administrador y subadministrador; otro por la Municipalidad de Santa Fe y otro por "el resto de los municipios y comunas del departamento La Capital, donde existen obras de defensas cuyo control y mantenimiento le sea encomendado al ente".
Este último cargo será designado por la mitad más uno de los intendentes y presidentes comunales del departamento (excepto la ciudad de Santa Fe). Y de subsistir un empate, el intendente de la ciudad más poblada (hoy Santo Tomé) tendrá doble voto.
El organismo dictará su propio reglamento interno y elevará al Ejecutivo para su aprobación "la estructura orgánico-funcional del Ente". Deberá elaborar un plan anual de tareas que elevará al Ministerio de Asuntos Hídricos, el que lo dará a conocer al gobernador.
El Emcod tendrá su propio presupuesto, podrá contratar a terceros, otorgar concesiones para el mantenimiento o la prestación de servicios, celebrar acuerdos judiciales o extrajudiciales, y realizar todos los actos administrativos propios del objetivo de la ley.
No tendrá competencia territorial donde exista un Comité de Cuenca (creado en el marco de la Ley N°9830).
Los gastos del ente a crear dentro del Ministerio de Asuntos Hídricos recibirá los fondos que le acuerde la Ley de Presupuesto y el equivalente al 10 % de la recaudación que, por concepto de la Tasa General de Inmuebles, reciben los municipios y comunas con defensas en La Capital.
Este porcentaje "podrá detraerse de los valores vigentes o adicionarse a los mismos, en la proporción que establezca el Poder Ejecutivo teniendo en cuenta las obras que el mismo disponga poner bajo la responsabilidad del Ente".
El artículo sexto del proyecto de ley con media sanción establece que, "ante la falta de aportes en forma mensual del importe correspondiente, (el Ejecutivo) podrá detraerlo del monto de la Coparticipación Provincial de Impuestos que al municipio o comuna le corresponda".
El art. 8vo. dice que el Ejecutivo "dispondrá, de ser posible, la afectación de cargos existentes o la creación de los cargos necesarios para conformar la planta de personal del Ente", asignándoles a dichos empleados "el régimen salarial y laboral correspondiente al personal del Ministerio de Asuntos Hídricos".
Y, del mismo modo, en forma permanente o transitoria, el Ejecutivo podrá afectar al Emcod equipos y personal de otras jurisdicciones u organismos descentralizados.