Promulgan leyes de la Legislatura anterior

Las últimas leyes sancionadas por la Legislatura en su conformación anterior al 11 de diciembre, fueron promulgadas y publicadas en el Boletín Oficial en los últimos días.

En ese grupo se encuentran normas de interés cultural y patrimonial, como la de promoción para la difusión del tango y el folclore (que adhiere a la provincia a otra norma nacional, la 24.684).

La ley promulgada dice que Santa Fe "incluirá en sus programas y material educativo referencias acerca del tango y del folclore regional y de sus manifestaciones artísticas, como una de las expresiones culturales identificatorias de la Provincia y de la región en su más amplio sentido interdisciplinario y como eje integrador en el estudio de las mismas".

También se publicó la ley de "Protección del Parque Arqueológico de Santa Fe La Vieja y al Parque Natural de Cayastá", que procura "la preservación de los valores culturales del sitio y de su entorno natural, a fin de evitar la contaminación ambiental que podrían producir construcciones, carteleras y demás elementos que irrumpan en el paisaje en forma temporal o permanente", entre otros tópicos.

Del mismo modo, tiene vigencia la extensión de los beneficios que han recibido los veteranos de guerra al "personal con rango de suboficial y a civiles que combatieron en el denominado `Teatro de Operaciones del Atlántico Sur' en el año 1982.

La norma extiende los alcances de la vigente Ley N° 11.646 y establece en ciento ochenta días contados a partir de la vigencia de esta norma, el plazo de presentación de las solicitudes correspondientes ante la autoridad de aplicación.

Las dos leyes que ambas Cámaras aprobaron por unanimidad para beneficiar a docentes también incorporadas definitivamente a la legislación provincial.

En un caso, respecto de docentes con un año de antigüedad, que de aquí en más tendrán tendrán el derecho "a ser reubicados en el ejercicio de tareas diferentes, transitorias o definitivas, conforme a lo regulado en el Decreto Provincial 4597/83 o en la norma que lo sustituya, sin merma de su salario". En el restante, sobre las prestaciones del Iapos para maestras "interinas o reemplazantes que tuvieren concedida licencia por maternidad" y a partir de ahora "mantendrán su afiliación al Iapos con servicio y el derecho a percibir el total de los haberes con más las asignaciones familiares durante la totalidad del tiempo establecido para la misma", aún "si produjera su cese por cubrimiento del cargo o vuelta al trabajo del docente reemplazado".