Opinión: OPIN-02 Justicia restaurativa y nuevos movimientos sociales

Desde el título se advierte la conexión entre dos categorías conceptuales de particular relevancia en el campo de las Ciencias Sociales. Tenemos, en primer lugar, la idea de "Nuevos Movimientos Sociales" (NMSs) que remite, como mínimo, a acciones concebidas y ejecutadas por estructuras de participación actuantes dentro de un campo político más o menos definido, con la pretensión de lograr transformaciones sociales. Son ejemplos de estas formas de acción colectiva el Movimiento Ecologista o el Movimiento Feminista. A diferencia de otras expresiones los NMSs se caracterizan por ordenar sus preocupaciones hacia cuestiones cotidianas. De este modo, tienden a romper con ya viejas matrices de pensamiento que pretenden auto purificarse a través de lógicas teóricas aparentemente impecables. Estas antigüedades, en realidad, debilitan el vínculo con la realidad.

En segundo lugar aparece la noción de "Justicia Restaurativa" caracterizada por Dan Van Ness (*) como un Movimiento antes que como una simple corriente de opinión jurídico-doctrinaria. Sus caracteres la hacen tributario de los NMSs por diversas razones pero particularmente porque impulsa un paradigma no centrado en la preocupación por la transgresión a las leyes sino que admite la constitutiva complejidad del conflicto social. En tal contexto relativiza el valor de la sanción preocupándose más por el daño que el crimen provoca en personas y comunidades. Pugna por transformar tanto a víctimas como a victimarios en protagonistas centrales de la discusión acerca de cómo tratar, en el caso concreto, las consecuencias del delito. El énfasis es colocado en los resultados de tal intervención, pero no como abstractas construcciones que circulan entre unos pocos sino como efectiva reconfiguración de las relaciones sociales.

El Movimiento de Justicia Restaurativa (MJR) reconoce las dificultades del Estado para resolver distintos conflictos desde la organización tradicional de sus estructuras de poder. Atribuye al conjunto de sus operadores la responsabilidad de comportamientos corporativos que vacían del sentido originario a los distintos dispositivos institucionales, a sus procedimientos, como así también a las normas de base que justifican su existencia. El MJR sigue confiando, no obstante, en procedimientos pacíficos para resolver cada situación pero también para incidir en la construcción progresiva de un nuevo sistema. Así, lleva adelante tareas que aportan al desarrollo de nuevas matrices de pensamiento, ancladas en la realidad, y preocupadas por promover -en definitiva- una nueva institucionalidad social.

Por su parte los NMSs también buscan, como decíamos al inicio, transformaciones de este orden, es decir modificaciones en el modo de pensar la realidad, con sus componentes culturales, ideológicos, etc. Desde una dimensión quizás menor, el MJR contribuye con sus esfuerzos a las lógicas transformadoras por las que pugnan los NMSs, desde la diversidad pero con un mismo sentido final. Se trata de desarrollos que aún se encuentran en estado embrionario, particularmente en sus expresiones tan latinoamericanas y como "latinoamericanistas" (recordemos que la primera condición no necesariamente garantiza la segunda). Y en concordancia con sus postulados originarios, son altamente heterogéneas en la convicción de que los razonamientos lineales simulan pulcritudes teóricas y prácticas que no son tales.

(*) Van Ness, Dan: "¿Qué es la Justicia Restaurativa?". http://www.justicia-restaurativa-colombia.org

Osvaldo Agustín Marcón