La Corte rechazó un planteo por cuantiosas diferencias salariales Los actores pedían que se aplique a todas las categorías del escalafón una mejora realizada en el salario de las más bajas, por aplicación del salario mínimo vital y móvil. La provincia dijo que no correspondía y la Corte santafesina le dio la razón. Ahora, la Corte nacional rechazó el recurso presentado contra ese pronunciamiento.
Emerio Agretti
La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó un recurso presentado por agentes de la Dirección Provincial de Vialidad, con lo cual convalidó el pronunciamiento del Alto Tribunal santafesino en la causa "Ferrando y Forchetti", donde se desestimó un reclamo por supuestas y cuantiosas diferencias salariales.
La naturaleza de la pretensión y los argumentos esgrimidos para plantearla y desconocerla remiten a un intrincado juego de normas y la decisión judicial cerró las puertas a lo que -según se especula- podría haber sido una verdadera avalancha de presentaciones, con importante impacto sobre las cuentas públicas.
El origen de la discusión se remonta a 1983, cuando se dictó la ley 9.217, por la cual la provincia adhirió al régimen establecido por la ley nacional 20.320. En virtud de esta norma, se conforma una Comisión Paritaria Nacional, facultada para establecer la escala remunerativa de los agentes viales que, por delegación del gobierno provincial, se aplica también en Santa Fe.
Según el régimen establecido, esa comisión determina el sueldo de la clase 1 del escalafón, y sobre esa base, las modificaciones salariales se aplican proporcionalmente en las demás escalas, que llegan hasta la clase 20.
Los acuerdos paritarios
Efectivamente, en 1991 se fija un aumento salarial para la clase 1, que se traslada de la forma prevista para el resto. En la provincia de Santa Fe se establece que, por encima de eso, los salarios de la clase 1 al 5 serán mejorados hasta equiparar el de la clase 6.
En 1993 se aplica un nuevo incremento, en este caso del 1,5, sobre la base del acuerdo establecido en 1991. Este incremento llevaba el básico de la clase 1 -en un sueldo compuesto por numerosos rubros adicionales- a 121,80 pesos. Pero como el salario mínimo vital y móvil era en ese momento de 200 pesos, el monto es elevado a 206,93. Esto motivó un reclamo por parte de empleados de categorías superiores, en el sentido de que sus respectivas remuneraciones se incrementen en la misma proporción -aproximadamente el 7,5 %-. Según un cálculo estimativo, esto habría hecho que el básico de las categorías más altas estuviera, en el año 1991, por encima de los 1.400 pesos.
La provincia rechazó el planteo, diciendo que esto no era lo dispuesto por la comisión paritaria -órgano en el cual se había delegado la fijación de los salarios-, y que a su vez la ley 24.013 prohibía expresamente tomar el salario mínimo vital y móvil como base o índice para otras actualizaciones. Para los reclamantes, la comisión se excedió, puesto que su único cometido era fijar el básico de la clase 1 y lo hizo en 206,93; y que a partir de allí la provincia debía calcular el incremento proporcional para las demás categorías.
La discusión jurídica
Ya en sede judicial, el Estado se defendió reivindicando su potestad de fijar la política salarial de los empleados públicos -aún cuando en algunos casos lo haga por delegación-. Y que, al margen de ello, la pretensión del pago de diferencias salariales con retroactividad supondría un comprometer los presupuestos de varios años atrás, en los que no existía la previsión de una partida a tal efecto (extremo exigido por el inc. 8 del art. 55 de la Constitución Provincial). Por lo cual, admitir la demanda devendría inconstitucional. También negó que la delegación a la comisión paritaria estuviese circunscripta al punto invocado por los actores y reivindicó sus atribuciones para definir toda la escala. En este último sentido, el argumento del Estado fue que no hay diferencia salarial alguna que reconocer, puesto que se aplicó a todas las categorías el 1,5 % de aumento acordado, sin perjuicio de que, para cumplir con la ley del salario mínimo vital y móvil, se hayan mejorado las remuneraciones que resultaban para las categorías inferiores y que, de todos modos, son la base de cálculo para el resto de la escala. Es decir que, simplemente, se otorgó una mejora adicional al sector menos favorecido, que de ninguna manera está prohibido por la ley, ni implica obligación alguna de hacer lo propio con las categorías más altas.
La Corte aceptó este razonamiento y expuso que una interpretación armónica de las normas aplicables indica que, lo que se ha buscado asegurar es "que el trabajador no perciba una remuneración total inferior a la determinada por el Consejo como mínimo, vital y móvil (...). Pero ello no importa en modo alguno anudar esta suma a los básicos de convenio, antes bien, viene a desvincularla, impidiendo considerar al salario mínimo, vital y móvil como básico mínimo".
Otra solución
La discusión producida en Santa Fe sobre el salario de los viales, y el juego de normas que intervienen, se repitió en varias provincias, con resultados disímiles. Por ejemplo, en el caso de Entre Ríos, el Superior Tribunal condenó al Estado a pagar las diferencias salariales. El gobierno fue ante la Corte nacional con un recurso extraordinario, que el Alto Tribunal concedió y anuló la sentencia de su homólogo entrerriano.