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Criterios divididos en la Procuración
El crimen de Larrabure cuenta con aval judicial para su investigación
La Justicia federal rosarina rechazó un planteo de nulidad que buscaba frenar la causa abierta por el asesinato del coronel Argentino del Valle Larrabure a manos de una célula del Ejército Revolucionario del Pueblo.

La Fiscalía de Rosario debe abrir la investigación para esclarecer el asesinato del coronel Argentino del Valle Larrabure, luego de haber estado secuestrado 372 días por la organización guerrillera Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), durante el gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón.

Así se desprende de la resolución de la Justicia federal de Rosario, que puso fin a un intento de un fiscal para frenar la decisión de su superior, el fiscal General Claudio Palacín, que promueve la investigación de ese homicidio por considerarlo de "lesa humanidad".

Según precisaron a DyN fuentes judiciales, el juez federal Marcelo Martín Bailaque resolvió rechazar un planteo de nulidad que buscaba frenar la apertura de la causa, pero no se pronunció sobre la cuestión de fondo, es decir, sobre si el crimen de Larrabure fue o no de lesa humanidad.

El magistrado sólo otorgó un aval tácito a la decisión del Ministerio Público para que un fiscal abra una causa e investigue el crimen del ex militar, en el marco de una interna dentro de la propia Procuración.

Precisamente, el abogado de Larrabure hijo, Javier Vigo Leguizamón, aseguró a DyN que con esta decisión "fracasó la estrategia diseñada por el procurador general Esteban Righi para anular el dictamen" de Palacín que impulsaba la apertura de la causa y "prohibirle a los fiscales investigar los crímenes de la guerrilla como de lesa humanidad".

Los hechos

El 10 de agosto de 1974, el coronel Argentino del Valle Larrabure, de 42 años, fue secuestrado durante el asalto a la fábrica militar de Villa María, Córdoba, por militantes del Ejército Revolucionario del Pueblo, que lo llevaron a una "cárcel del pueblo" en Rosario.

Después de 372 días de cautiverio, el cadáver de Larrabure apareció el 23 de agosto de 1975 con signos evidentes de estrangulamiento y golpes, según describió su hijo Arturo Larrabure.

La causa estaba archivada desde 1975, cuando se ordenó la captura de Aurora Brunet de González, pero en febrero de 2007, Arturo Larrabure reclamó que el caso fuese considerado de lesa humanidad porque, a su criterio, el homicidio fue cometido en el marco de un ataque sistemático a la población civil llevado a cabo por organizaciones terroristas.

El planteo, además, exponía que en mayo de 1973 el Poder Legislativo amnistió a los guerrilleros sin desarmarlos, suprimió la Cámara Federal y la legislación antiterrorista y dejó en libertad a varios de los que luego secuestraron a Larrabure, en el marco de otros crímenes y tomas de cuarteles.

También se advirtió la co-responsabilidad del Poder Ejecutivo, a cargo entonces de Héctor Cámpora, que indultó a los guerrilleros, y del Poder Judicial, que en el período l973-1976 no dictó condenas por esos hechos, dice el planteo.

Lo cierto es que los fiscales Francisco Sosa y Adriana Saccone dijeron que la víctima no murió en manos de organismos estatales o paraestatales y por eso, al no ser crimen de lesa humanidad, era un delito prescripto.

Los criterios

Sin embargo, el fiscal general Palacín estableció que el caso debía avanzar: advirtió que el ERP-PRT, en particular, Äcomo las agrupaciones guerrilleras, en generalÄ era una "organización revolucionaria" y que "la violación de los derechos humanos de Larrabure tuvieron lugar en ocasión de un conflicto armado, conforme los lineamientos de la jurisprudencia internacional que en la causa Milosevic" (referida al líder serbio), en donde "todo individuo indefenso, independientemente de su estado formal como miembro de una fuerza armada, debe considerarse civil".

Junto a la fiscal Saccone, el fiscal Moisés Vásquez pidió la nulidad de ese dictamen por entender que era la Cámara Federal la que debía habilitar la apertura o no de la pesquisa. Y fue así como en el marco de ese conflicto, ahora el juez Bailaque entendió que no correspondía anular el dictamen que avalaba la apertura de la causa, porque cumplía con todos los procedimientos.

En sus fundamentos, Bailaque dijo que no se entendía el "perjuicio concreto ocasionado" con la apertura de la causa, ni tampoco "cuál sería el motivo" para anular el dictamen si "la Constitución Nacional resguarda la independencia del Ministerio Público". Con esta resolución, Palacín resolvió que un fiscal se hiciera cargo de la causa para abrir una investigación.

Expresiones de rechazo

Tanto la agrupación Hijos Rosario como la diputados provincial Alicia Gutiérrez (Espacio Si) hicieron conocer su rechazo a la decisión del juez Marcelo Bailaque de continuar con la investigación del crimen del coronel Larrabure ocurrido en 1975.

La agrupación Hijos Rosario repudió enérgicamente la resolución del Juez Marcelo Bailaque en la que habría resuelto la calificación de "delito de lesa humanidad" al caso Larrabure. En tal sentido reiteró los argumentos planteados oportunamente cuando la resolución del Fiscal General Claudio Marcelo Palacín.

"Es preciso aclarar -sostiene Hijos- que en el desarrollo actual del derecho internacional, tanto consuetudinario como convencional, constituyen crímenes contra la humanidad actos como: el genocidio, el apartheid, la esclavitud, la práctica sistemática o a gran escala del asesinato, la tortura, las desapariciones forzadas, la detención arbitraria, la reducción en estado de servidumbre o trabajo forzoso, las persecuciones por motivos políticos, raciales, religiosos o étnicos, las violaciones y otras formas de abusos sexuales, la deportación o traslado forzoso de poblaciones con carácter arbitrario; cuando fueran cometidos por un Estado o por grupos que operen con anuencia y complicidad del mismo".

En este marco "nos preocupa la confusión en que incurren algunas opiniones, asimilando la no investigación y juzgamiento oportuno de ese delito aislado con el exterminio masivo de militantes populares llevado adelante de modo sistemático por el terrorismo de Estado" y sostiene que "más absurdo y paradójico resulta aún en el hecho puntual del secuestro de Larrabure, en el que es de público conocimiento que sus ejecutores e ideólogos fueron asesinados o desaparecidos por la dictadura, aplicándoseles de facto la pena de muerte a sus responsables".

Por su parte la diputada Alicia Gutiérrez (Espacio Si) declaró su más enérgico rechazo a la decisión del juez federal Marcelo Martín Bailaque que confirma el fallo del fiscal general Claudio Palacín en la causa Larrabure, reafirmando que el crimen es de lesa humanidad.

Consideró que "los delitos de lesa humanidad sólo pueden ser cometidos por el aparato estatal u organizaciones que actúen de conformidad con una política de Estado", tal cual lo ha definido la "Unidad Fiscal de Asistencia de Coordinación y seguimiento de las causas por violaciones a los derechos humanos cometidos por el terrorismo de Estado" de la Procuración General de la Nación, mediante el fiscal general Jorge Aguat y el coordinador de la citada unidad Pablo Parenti, ratificadas por el Procurador General, Dr. Esteban Righi.

"Lo que intenta hacer este juez, sostiene Gutiérrez, siguiendo la línea del fiscal Palacín, es defender con pobres argumentos, supuestas teorías que confrontan con la verdad histórica, incurriendo en tergiversaciones de la realidad. Y esto significa intentar reflotar la teoría de los dos demonios, tal como pretende Cecilia Pando u otros defensores de la dictadura militar".

DyN