DECISION JUDICIAL
Ordenan a la Anses informar cómo invierte el dinero que recauda
La medida fue pedida por la diputada de la Coalición Cívica Marcela Rodríguez. La Anses puede apelar el fallo.
De la Redacción de El Litoral
La Justicia en lo Contencioso Administrativo ordenó a la Anses que informe de qué manera invierte los fondos de los aportes previsionales de los trabajadores después de la estatización de las AFJP.
La medida fue dispuesta por la jueza Claudia Rodríguez Vidal, en respuesta a un planteo de la diputada Marcela Rodríguez, de la Coalición Cívica y ex integrante del Consejo de la Magistratura.
Rodríguez habían presentado la demanda contra el ex director de la Anses y actual ministro de Economía, Amado Boudou, a quien adjudicó haber “respondido con ambigüedades y de forma incompleta a un Pedido de Informes referido a la utilización de los fondos” del organismo previsional.
Rodríguez había pedido a Boudou “información sobre cuál es el criterio de la Anses respecto de la relación que debe existir entre la rentabilidad obtenida por la política de inversión de los activos previsionales y los haberes de los beneficiarios/as, así como el detalle de los procedimientos que se realizan para su observancia”, explicaron voceros de la legisladora.
Además, reclamó que el funcionario explicara “cuáles son los criterios y procedimientos de la Anses para diseñar y ejecutar una política de inversión de un modo autónomo de las necesidades de financiamiento del Tesoro Nacional, las provincias y las empresas públicas”; cuáles “han sido los criterios de inversión que resultaron en elevadas colocaciones en títulos públicos” y cuáles eran las alternativas a esas inversiones.
Rodríguez se basó sobre el Reglamento General de Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional, pero pese a ello no obtuvo respuestas satisfactorias de la Anses.
Publicidad de los actos
La jueza Rodríguez Vidal, al hacer lugar al reclamo, emplazó a la Anses a que en 20 días suministre la información completa tal como fue requerida, pues “el régimen republicano -adoptado por la Constitución Nacional- contiene en su esencia el principio de la publicidad de los actos de gobierno”.
La Constitución “proporciona fundamento suficiente a la obligación de dar publicidad a todos los actos de gobierno dado que, esa norma, reconoce los derechos que emanan de la soberanía del pueblo”, sostiene el fallo. La medida es apelable ante la Cámara del fuero.