EDITORIAL

Lento avance hacia la oralidad

La nueva prórroga de la implementación plena del nuevo Código Procesal Penal de la provincia, basado en la oralidad del procedimiento, sirvió para dar un paso importante hacia su paulatina incorporación y parece cumplir con la premisa de otorgar a futuro algún grado de certidumbre mayor que hasta ahora.

La situación generada tiene como base, advertida por todos los actores y observadores de la cuestión, la colosal dificultad para producir un cambio tan rotundo, tomando en cuenta el atraso de décadas con que carga la Justicia santafesina -a propósito del cual la Corte nacional la reprendió reiteradamente- y la sustancial modificación a la que se apunta. Esto implica, como ya se dijo, un profundo cambio en la cultura tribunalicia, una reformulación casi completa de estructuras organizativas y una fortísima inversión en recursos humanos y materiales. El vencimiento de la segunda prórroga votada por la Legislatura encontró a la provincia afrontando no solamente los desafíos y complicaciones propias de la reforma como tal, sino también de un contexto económicamente adverso, que afecta todas las previsiones presupuestarias.

La transición acordada oportunamente, con la utilización del juicio oral en unos pocos delitos, de gran importancia pero escaso impacto numérico, permitió los primeros ensayos de lo que deberá ser el sistema en pleno funcionamiento. Al respecto, el acceso a la experiencia chilena por parte de representantes gubernamentales, parlamentarios y de la magistratura, significó también un avance importante para clarificar el rumbo.

En este caso, la votación de una nueva prórroga padeció un serio traspié, que intentó ser soslayado desde el oficialismo, pero cuyas consecuencias institucionales pudieron ser graves. Cambios sobre la marcha en el proyecto original del Ejecutivo y desacuerdos entre ambas Cámaras sobre la incorporación de nuevos delitos a la transición -modificación que fue desaconsejada por la Corte, con el argumento de que el incremento de causas volvería inmanejable la situación- llevaron a que se venza el plazo fijado para la aplicación del nuevo Código, sin que exista todavía una ley de prórroga. La incertidumbre de ese interín fue salvada con una acordada de la Corte, pero dejó una sensación de zozobra institucional que no puede minimizarse, y que se debió principalmente a imprevisión política.

Pasado el sofocón, el accionar coordinado de los tres poderes logró una instancia superadora: la nueva prórroga tiene fecha fija -es decir, el Ejecutivo no podrá dilatarla- en febrero de 2011 y, si bien se excluyó de la nueva etapa al homicidio simple (porque es, precisamente, el que más causas genera), fueron incorporadas nuevas figuras, para que la transición sea real y efectiva, y no una mera posposición más. Después del paso en falso, se trata de un avance en firme; en un terreno tan resbaladizo como plagado de obstáculos.