Media sanción para un debate de largo plazo
Infertilidad: el Senado quiere tratamientos del Iapos
Una iniciativa del senador rafaelino Alcides Calvo logró el apoyo de sus pares del bloque justicialista y el Senado le dio media sanción. El oficialismo, que tiene la mayoría en Diputados, votó en contra.
De la redacción de El Litoral
Entre un 10 y un 15% de las parejas sufre de infertilidad. Sin embargo, en la Argentina no es considerada una enfermedad. Ese aspecto -central para que las obras sociales cubran los tratamientos- es el centro de un proyecto de ley que logró media sanción del Senado santafesino.
La iniciativa de Alcides Calvo (PJ-Castellanos) fue debatida en comisiones, llegó entre las preferencias del jueves pasado y fue aprobada por la mayoría justicialista que controla los principales resortes de la Cámara Alta.
El oficialismo expuso sus razones para rechazar el texto que plantea que el Iapos pague por esas prestaciones. Y con su voto negativo dejó en claro que las chances de la media sanción están muy limitadas en la Cámara Baja: es que se estima que los costos de los tratamientos médicos pueden alcanzar hasta los 30.000 pesos.
Calvo sostuvo que la obra social del Estado santafesino debe seguir el camino de otras provincias que han comenzado a analizar cómo dar alguna respuesta a las parejas que sufren de infertilidad. Y mencionó el caso de Córdoba.
Cuando Juan Carlos Zabalza (FPCyS-Rosario) debió dar el no del partido de gobierno, como antes Calvo, evitó caer en chicanas. El senador socialista dijo que la experiencia cordobesa es especialmente interesante porque antes de incorporar la prestación médica en la obra social se ocupó de crear equipos médicos y adquirir tecnología apropiada para brindar estos servicios desde los hospitales públicos.
Primera consulta
Calvo (que recordó que su par José Baucero se ocupó del mismo tema en otro proyecto de ley) dijo que bajo el principio de “universalidad de la cobertura” el Iapos debe cubrir esa prestación.
El texto aprobado indica que “la obligatoriedad de su cobertura” será sólo exigible por “los pacientes que no tengan hijos fruto de la unión de esa pareja” y “se establece la atención, el diagnóstico y el tratamiento de la infertilidad mediante la aplicación de técnicas de fertilización asistida y los fármacos que ésta requiera”.
La media sanción incluye “la cobertura de los potenciales efectos adversos que produzca el tratamiento y/o la asistencia psicológica que el médico interviniente considere apropiada”.
La infertilidad afecta entre un 10 y 15% de las parejas “es un problema frecuente de nuestra sociedad”, subrayó Calvo. Destacó que el mayor porcentaje de consultas se realiza muy tardíamente, luego de los 33 ó 35 años, de los cuales sólo un tercio completan la etapa de diagnóstico y tratamientos. El Iapos debe ajustarse a esta realidad”, expresó.
Los problemas de las parejas para procrear no están contemplados en el Plan Médico Obligatorio que rige -como piso- para las obras sociales.
Foto: Archivo El Litoral
Un juez de Rosario ordenó al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos) la cobertura de un tratamiento de fertilización asistida.
El magistrado, Marcelo Quiroga, juez Civil y Comercial Nº 7 de los tribunales provinciales aceptó a fines de junio un recurso de amparo de una pareja rosarina, que había acudido a la Justicia unas tres semanas antes.
Se trata de un fallo en primera instancia y puede ser apelado. Sin embargo, el abogado Marcelo Di Santo -que patrocinó a quienes piden recibir el tratamiento médico- remarcó que “sólo que hayan dado curso a la medida cautelar es un antecedente valioso”.
En la Argentina, la infertilidad no está considerada una enfermedad y por eso no está incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO), de allí que algunas parejas opten por transitar los pasillos de Tribunales para que les paguen los tratamientos médicos o abonarlos sin ayuda de las prestadoras de salud.
Por otra parte, también en junio y en Rosario, otra pareja siguió el mismo camino pero el resultado fue adverso. La Sala I de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario se pronunció en contra del reclamo que ya había sido rechazado en primera instancia.