Para entidades de bien público

Trámite gratuito para rifas y sorteos

La Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe informó que se encuentra vigente el Decreto Nº 3925/86 reglamentario en materia de Rifas, Bonos Contribución, Tómbolas, Lotería Familiar, Bingos y/o Sorteos Continuos. Dicho decreto permite a las personas jurídicas de bien público sin fines de lucro y a las entidades sin personería que cumplen fehacientemente una función de ayuda a la educación, asistencia social o bien público, domiciliadas en el territorio provincial, diligenciar gratuitamente la correspondiente autorización para la comercialización y venta de bonos, rifas o cualquier modalidad de sorteo con entrega de premios. Se encuentran comprendidas también las denominadas: “Campañas de Socios Benefactores”, “Campañas de Donantes”, “Socios Voluntarios” y/o cualquier otra denominación destinada a fines similares. Se advierte, en efecto, que la emisión, circulación y comercialización de tales modalidades de juego sin la debida autorización otorgada por este organismo, constituye una infracción a la Ley de Juegos de la Provincia, pudiendo ocasionar las sanciones legales que correspondan. Para la atención de consultas o la regularización de las situaciones ya existentes, los interesados pueden dirigirse personalmente a la sección Rifas y Bingos en la sede de Lotería, ubicada en calle 1ra. Junta 2724 (1er. piso) de la capital provincial, o llamar al teléfono 0342-4573774 int. 225.

En Rosario las consultas serán atendidas en la delegación de la institución ubicada en Av. Pellegrini 947, o al teléfono 0341-4728534. En ambas circunscripciones la atención se dispensa de lunes a viernes en el horario de 8 a 13.