Son numerosas las consultas de los santafesinos respecto de la implementación del beneficio anunciado por el gobierno nacional para la asignación universal por hijo.
La delegación local del Anses confeccionó un material aclaratorio que sirve para que los interesados despejen dudas al respecto.
Se trata de una prestación monetaria no sujeta a aportes y contribuciones de carácter mensual que se abonará a uno solo de los padres, tutor, curador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, por cada menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado. En ambos casos, siempre que no estuviere empleado, emancipado o percibiendo alguna de las prestaciones previstas en la Ley de Asignaciones Familiares (24.714), modificatorias y complementarias. La prestación se abonará por hasta cinco (5) hijos.
Aquí algunas respuestas a las preguntas más frecuentes:
Monto
Consiste en el 100% de la Asignación por Hijo actual prevista en la Ley para los trabajadores activos y desempleados. Se tratan de 0. El 80% de esta suma (4) se percibirá directamente y el 20% restante () se depositará en una cuenta a nombre del titular cuyo saldo sólo podrá ser retirado una vez al año, una vez que se acredite que el menor concurrió a la escuela durante ese ciclo escolar y que cumplió con el plan de vacunación. Si no se cumple la presentación de estos certificados se pierde derecho a la prestación.
El primer cobro será a partir del 1º de diciembre de este año, según el cronograma que aprobará ANSES por terminación de número de documento del beneficiario.
¿Qué se debe hacer para percibir la prestación?
Personas que ya cuentan con sus datos personales y cargas de familia acreditados en ADP (Administrador de Personas = Base de datos de ANSES): no deben realizar ningún trámite.
Son los casos de personas que ya registraron sus datos en ANSES, porque tuvieron alguna vez empleo formal o un plan social o hicieron algún trámite en Anses.
La liquidación
Los que tienen acreditados sus datos deben esperar que Anses le liquide la Asignación Universal. La liquidación va a ser automática en función de la información registrada en la base de datos de ese Organismo
Se le asignará una boca de pago correspondiente al código postal del domicilio registrado en la base de datos de Anses.
Si las personas quieren saber si sus datos están acreditados se les puede indicar que consulten la página de internet de Anses o los canales de comunicación que se detallan en la cartilla (más abajo te los vuelvo a detallar).
Todo aquel que esté inscripto en un plan de ayuda del ministerio de Desarrollo Social: Plan Familias o PEC no tiene que hacer ningún trámite, debe esperar que le será liquidada la Asignación Universal (si le corresponde).
- Personas que no tienen sus datos acreditados en Anses: deberá acreditar los datos personales y de su familia a través de Organizaciones como CIC, Oficinas de Empleo, Municipalidades adheridas. Deberá presentar los DNI del grupo familiar y las partidas de nacimiento de sus hijos.
¿Quiénes se encuentran excluídos?
Los trabajadores formales declarados por el empleador con haberes superiores a .800.
Los trabajadores que se encuentren en el mercado informal percibiendo más de .500.
Los trabajadores autónomos.
Quienes perciban una prestación contributiva o no contributiva ya sea nacional, provincial o municipal. Esto incluye jubilaciones, pensiones, planes sociales, asignaciones familiares formales, la prestación por desempleo, etc.
Requisitos adicionales
Los hijos deben ser argentinos nativos o tener al menos tres años de residencia en el país.
- Cómo y dónde consultar si están acreditados los datos o acreditar datos. Las consultas a través de las Organizaciones como CIC, Oficinas de Empleo, Municipalidades adheridas, página web, sms y 130 se encontrarán habilitadas desde el próximo lunes 10 de noviembre.