Crisis de seguridad y reformas penales

El deterioro sufrido por la sociedad argentina en materia de seguridad es una realidad innegable, que se proyecta sobre la vida cotidiana de las personas, alterando sus costumbres y sus nervios, y erigiendo sobre ellas el temor a sufrir la pérdida de sus bienes, salud o integridad física.

Progresivamente, ese temor se instaló firmemente en las conciencias, pasó a ser un factor de consideración ineludible al momento de tomar decisiones e impactó perniciosamente sobre las condiciones de vida de cada uno.

El imperativo de recuperar, en la medida en que fuese posible, la tranquilidad necesaria para desenvolverse libremente en la comunidad, lleva a los ciudadanos a exigir respuestas a las instituciones. Y las respuestas a veces se parecen a excusas, y otras veces son despropósitos guiados por el afán de otorgarlas a como dé lugar.

En este contexto se reclaman y se impulsan reformas penales, en la estructura de funcionamiento de los tribunales y en el accionar de las fuerzas de seguridad. La sanción de normas punitivas diseñadas para satisfacer esos reclamos contribuyeron, a lo largo de la historia reciente, pero con especial desarrollo en los últimos años, a desbaratar la ingeniería del sistema penal argentino, generando incongruencias e inconsistencias entre la jerarquía de los bienes jurídicamente protegidos y las consecuencias por su vulneración. En tal sentido, el proyecto de un nuevo cuerpo normativo que recupere la razonabilidad y la armonía para este sistema, "recodificando" disposiciones insertadas a presión o contenidas en leyes "satélite", es una encomiable y necesaria iniciativa que actualmente está en marcha.

Naturalmente, la organización de una preceptiva tan variada, que a su vez contempla la inclusión de nuevas figuras o la revisión de disposiciones vigentes en la actualidad, supone la aplicación de parámetros conceptuales que, una vez más han desatado polémicas entre posturas "garantistas" o de "mano dura", "abolicionistas" o punitivas. Se trata de un debate que la sociedad debe darse -y cuyo contenido excede el propósito de estas líneas-, que está planteado a través del proceso de consulta a que se encuentra sometido el texto de la comisión redactora.

Pero sería un error, como sucede de manera recurrente, cargar sobre esta reforma la responsabilidad de revertir la crisis de seguridad. Y lo mismo con respecto de la modificación de las normas procesales, contemplada en el Plan Estratégico para la Justicia santafesina. Como se han encargado de remarcar los especialistas, la eficacia del sistema penal es un requisito vital, pero su incidencia sobre la seguridad es escasa. Es la posibilidad de ser aprehendido lo que funciona como disuasivo para el delincuente, más que el volumen de la pena con que eventualmente vaya a ser castigado. Pero también, la convicción de estar transigiendo un marco institucional implacable, básicamente justo. Donde las posibilidades no se agotan entre la marginalidad y la infracción, ni la justicia se limita a esposas y barrotes.