Al margen de la crónica
Una actualización despareja

El decreto 314 aumentó este año las deducciones personales para determinar el impuesto a las ganancias desde el período anual de 2006 en adelante.

La actualización de montos, sin embargo, no fue idéntica para todos los conceptos enumerados en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias: se incrementó un 49 % el mínimo no imponible (de $ 4.020 a 6.000), un 100 % por cónyuge (de $ 2.400 a $ 4.800) y por hijos y otras cargas ($ 1.200 a 2.400 por cada uno) y un 27 % la deducción especial para dependientes (de $ 18.000 a $ 22.800); pero no aumentó la deducción especial para trabajadores autónomos (que sigue en $ 6.000). Todos éstos son montos anuales.

Un ejemplo citado por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas en la revista Imagen Profesional, siempre tomando un ingreso neto de $ 78 mil, muestra cómo a una persona, con cónyuge y 2 hijos, se le reduce en proporciones distintas lo que debe pagar de Ganancias según sea empleado o autónomo.

Una vez determinado ese ingreso neto de $ 78.000 (ya restados los egresos) se debe deducir lo que permite el artículo 23 de la Ley de Ganancias. Y es ahí donde se genera una despareja relación, ya que la modificación no contempla al autónomo (generalmente empresario) y sí actualiza los montos del dependiente.

El empleado, siempre citando el mismo ejemplo, podrá deducir ahora $ 26.880 anuales, cuando hasta el año anterior deducía $ 18.774, lo que le genera una reducción en el impuesto final a pagar de 17 % (de $ 10.922 a $ 9.058).

En cambio, el autónomo, que podía deducir $ 10.374, ahora sólo resta $ 15.120, por lo que su impuesto final a pagar sólo se reducirá un 10 % (de $ 13.159 a $ 11.878).

En mayo de 2007, cuando venza el Impuesto a las Ganancias de 2006, se verá por primera vez este inconveniente. Por ahora, la federación de los contadores está solicitando que aumente la deducción especial para autónomos de $ 6.000 a $ 7.600 y que todas las deducciones del artículo 23 de la mencionada ley se actualicen a través de un índice de precios, ya que de esta forma, al no contemplarse más fielmente el incremento del costo de vida, se seguirá afectando a un sector medio con escaso o nulo poder de ahorro.