Inconstitucionalidad
La Justicia anuló los indultos a Martínez de Hoz y Harguindeguy
La medida fue dictada por el juez Norberto Oyarbide. Los había dictado Carlos Menem, en una causa donde ambos ex ministros de la dictadura -de Economía e Interior, respectivamente-, estaban procesados por el secuestro de dos empresarios. El fallo sigue la jurisprudencia de la Corte.

La Justicia declaró inconstitucional el indulto que benefició al ex ministro de Economía de la última dictadura militar, José Alfredo Martínez de Hoz y al ex ministro del Interior de ese régimen, Albano Harguindeguy y revocó sus sobreseimientos en una causa por el secuestro de dos empresarios.

Con esta decisión, el juez federal Norberto Oyarbide volvió a considerar imputado a Martínez de Hoz en la única causa en la que el ex funcionario de la dictadura está acusado de delitos de lesa humanidad, por el secuestro ilegal de los empresarios Federico y Miguel Gutheim.

En los próximos días, Oyarbide resolverá si anula o deja en pie el indulto que durante la presidencia de Carlos Menem benefició en la misma investigación al ex dictador Jorge Rafael Videla.

El juez anuló por inconstitucionales los decretos de indulto 2745/90 y 1002/89 firmados en el menemismo a favor de Martínez de Hoz y Harguindeguy y consideró nulos todos los pasos procesales tomados con posterioridad al dictado de esas normas.

Ante esta medida, ambos seguirán libres pero bajo riesgo de ser sometidos a juicio por esta causa, en cuanto quede firme la decisión de Oyarbide, que se descuenta será apelada por sus defensas ante la Cámara Federal, en planteos que alcanzarían a la Corte Suprema de Justicia.

Lesa humanidad

Oyarbide fundamentó su resolución en gran parte de los argumentos ya esbozados por sus superiores de la Cámara Federal al ratificar la anulación de indultos a ex jerarcas de la dictadura como Guillermo Suarez Mason y Antonio Vañek en las megacausas Esma y Primer Cuerpo.

El magistrado entendió que la privación ilegal de la libertad de la que fueron objeto los empresarios, liberados a los cinco meses de su secuestro, se enmarca en delitos de lesa humanidad imprescriptibles y por ende, "no indultables".

"El Poder Ejecutivo se arrogó en la dictadura la potestad sobre la fortuna y vida de los ciudadanos, que según el artículo 29 de la Constitución no pueden quedar a merced de un solo poder del Estado", explicaron fuentes del juzgado.

Antes del indulto del menemismo, Martínez de Hoz llegó a estar preso 77 días y fue indagado en base al entonces vigente Código Penal, que ya lo consideraba procesado, por lo que actualmente está imputado en la causa.

En el caso de Harguindeguy, la situación judicial estaba más avanzada ya que se había clausurado el sumario en su contra, tenía un procesamiento con prisión preventiva confirmada por la Cámara Federal y estaba en condiciones de pasar a juicio.

El indulto interrumpió todo el proceso penal cuando estaba a punto de emitirse la acusación fiscal y sólo quedó sobreseerlo, al igual que a Martínez de Hoz y Videla.

Respecto a este último, el juez todavía debe estudiar el caso porque de los tres acusados el ex dictador era quien estaba por recibir sentencia en un proceso donde restaban formularse alegatos por escrito, de acuerdo al anterior Código que no contemplaba el juicio oral.

El caso Gutheim

El 5 de noviembre de 1976 la dictadura firmó el decreto 2840 donde puso a disposición del Poder Ejecutivo a los empresarios Federico y Miguel Gutheim debido a la "primordial responsabilidad del gobierno en consolidar la paz interior", según el texto de la norma.

En abril de 1977 se derogó el decreto y los empresarios recuperaron su libertad, en un hecho considerado luego como un secuestro debido a que buscó presionarlos para que su empresa algodonera realizara un contrato de exportación con Hong Kong.

Esta transacción estaba trabada por los empresarios, pero era considerada fundamental por el Ministerio de Economía que conducía Martínez de Hoz.

Otros casos pendientes

La anulación de los indultos, resuelta ayer en el caso de los ex ministros de la dictadura José Alfredo Martínez de Hoz y Albano Harguindeguy, tendrá que recorrer un largo derrotero judicial antes de quedar firme en otras causas con otros protagonistas.

De hecho, todavía en la Justicia están pendientes de confirmación otros casos de inconstitucionalidad de indultos dictados por jueces federales en las reabiertas megacausas por delitos de lesa humanidad.

En la investigación por lo ocurrido en la Escuela de Mecánica de la Armada, a cargo del juez federal Sergio Torres, la sala II de la Cámara Federal confirmó la nulidad del decreto 1002 dictado en el menemismo para indultar a Antonio Vañek y Julio Torti.

Esa fue la misma norma que anuló el juez federal Norberto Oyarbide y que había incluido a Harguindeguy, también procesado en otra causa por violaciones a los derechos humanos en el marco del "Plan Cóndor".

La Cámara Federal confirmó además la anulación de los indultos a seis represores en la causa por el Primer Cuerpo del Ejército, entre ellos el fallecido Guillermo Suárez Mason.

Pero tanto en el caso de ESMA como en Primer Cuerpo esos fallos están ahora a estudio de la Cámara de Casación, máximo tribunal penal del país, sin que hasta el momento se haya emitido decisión alguna.

Los camaristas de Casación están todos excusados en estas causas porque fueron recusados por organismos de derechos humanos, ante lo cual el tema es analizado por conjueces.

Este debe ser un paso anterior a un fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre la cuestión, pese a que ya se cuenta con un dictamen contrario a los indultos emitido por el Procurador General de la Nación Esteban Righi.

Por otra parte, las dos salas de la Cámara Federal preparan en conjunto un fallo donde dictarían la inconstitucionalidad de los indultos en el marco de la conocida como "causa 13", es decir, los que beneficiaron a los jerarcas de la dictadura.

Terrorismo de Estado

El subsecretario de Derechos Humanos, Rodolfo Mattarolo, afirmó hoy que la inconstitucionalidad de los indultos a los ex ministros José Alfredo Martínez de Hoz y Albano Harguindeguy está "en la línea de la Justicia Federal, que declaró que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles.

"La Secretaría entiende que, si el artículo 29 de la Constitución Nacional dice que el Congreso no puede otorgar facultades extraordinarias, el Poder Ejecutivo tampoco puede indultar a acusados de actos despóticos", dijo con referencia a la decisión del ex presidente Carlos Menem de indultarlos en 1990.

El funcionario nacional consideró que el secuestro extorsivo de los hermanos Gutheim, en el que están involucrados los dos ex ministros de la dictadura, "corresponde al accionar del terrorismo de Estado".

En ese marco, Mattarolo recordó que la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación es querellante en más de treinta causas por delitos de lesa humanidad "y una de ellas es ésta".

Inconstitucional

El constitucionalista Daniel Sabsay aseguró hoy que los indultos que beneficiaron a los ex ministros de la dictadura José Alfredo Martínez de Hoz y Albano Harguindeguy "adolecieron de un grave problema de inconstitucionalidad", ya que se trataba de "personas procesadas y no de personas sentenciadas con condena firme". Sabsay agregó que, "si se indulta a un procesado, además de interferir en la actividad del Poder Judicial, se está suponiendo que la persona es culpable".

Ajeno

El hijo y abogado del ex ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz, expresó hoy su convicción de que la causa que involucra a su padre derivará en un "sobreseimiento". "Él ha sido de las personas más investigadas durante la historia argentina, tuvo más de una docena de causas judiciales y en ninguna de ellas se comprobó delito alguno", afirmó Martínez de Hoz (h), quien indicó que incluso la Cámara Federal, en esta causa ahora reabierta, había dicho que su padre "era ajeno a los hechos".