El máximo tribunal resolvió por unanimidad.
La Corte avaló la pesificación
Ahorristas estuvieron todo el día frente al edificio de Tribunales esperando la sentencia. Foto: Télam. 

Dijo que no lesionó el derecho de propiedad. Y obligó a los bancos a restituir al dólar actual los depósitos afectados en 2002.

De la redacción de El Litoral

La Corte Suprema de Justicia respaldó la pesificación por considerar que la medida "no lesionó el derecho de propiedad" de los ahorristas, pero condenó a los bancos a restituir en el plazo de 30 días la "totalidad" de los depósitos en dólares afectados por la emergencia económica de 2002.

Si bien la sentencia de la Corte está enmarcada en el juicio que promovió la ahorrista Raquel Rodríguez contra el BankBoston, el fallo sienta un precedente que pone fin a unos 50 mil pleitos y obliga a los bancos a restituir colocaciones a un valor que, según el mecanismo elaborado por el tribunal, se ubica en los 3,09 pesos por dólar a enero de 2006 y trepa a 3,22 a enero de 2007.>

Puntualmente, la Corte condenó al BankBoston a abonar a Rodríguez su depósito -que al 31 de diciembre de 2002 era de 184.475,75 dólares- pesificado a 1,40, más el ajuste por CER que, según el Banco Central, es de 1,8887 por ciento a la fecha, "más los intereses calculados a la tasa del 4 por ciento anual".>

La resolución que la Corte adoptó por unanimidad se aplica al caso de Rodríguez y, por analogía, a los ahorristas que han litigado contra el Estado y los bancos, por lo que no ampara a quienes pactaron otros mecanismos de recuperación de fondos o se abstuvieron de iniciar demandas.>

La sentencia fue firmada por los ministros Carlos Fayt, Elena Highton, Carmen Argibay, Eugenio Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti, y constituye un respaldo explícito a la normativa que el Estado alumbró durante 2002, en materia de depósitos bancarios. En un comunicado de prensa, la Corte aclaró que el fallo no implica "la redolarización de la Economía".>

El octogenario juez Fayt era el único ministro de la Corte que, hasta ahora, siempre había votado por la inconstitucionalidad de la pesificación compulsiva, por entender que afecta el derecho de propiedad de los ahorristas. Empero, esta vez acompañó a la mayoría. "La aplicación de la normativa de emergencia, que ha dado motivo a la promoción de este amparo y de muchos otros litigios, no ocasiona lesión al derecho de propiedad" de la ahorrista, sentenció el tribunal.>

Antecedentes

La Corte, con otra integración, había decretado la inconstitucionalidad de la pesificación en marzo de 2003, pero en octubre de 2004, con la reestructuración implementada en el tribunal por el presidente Néstor Kirchner, falló en contra de su propia jurisprudencia y respaldó la conversión compulsiva de depósitos. El juez Zaffaroni, aunque votó en 2004 en favor de la pesificación, aclaró que adoptaría otro criterio en demandas por colocaciones de más de 70 mil dólares. Sin embargo, esta vez también sumó su firma a la voluntad mayoritaria.

Por eso, en su fallo, la Corte resaltó que, para consensuar una sentencia, "en aras del elevado propósito de poner fin" a litigios "de indudable trascendencia institucional y social", los ministros firmaron en un mismo sentido, "sin perjuicio de las apreciaciones formuladas" en otros juicios por la pesificación. Así, la Corte respaldó en forma unánime la ley 25.561, los decretos 1570/01, 71/02, 141/02 y 214/02 que, en el marco de la "Emergencia Pública", inmovilizaron los depósitos bancarios y pesificaron los contratos en dólares.>

"Esta sentencia constituye el corolario de un prolongado y fecundo debate entre los miembros de este Tribunal que, en pos de brindar una respuesta institucional a una controversia de inusitadas características, han dado prioridad a los puntos de coincidencia en cuanto a la ponderación de los resultados para lograr la paz social, que es la más alta función que le cabe a la Corte Suprema siguiendo los lineamientos fijados en el Preámbulo de la Constitución Nacional", consigna el fallo.>

En su resolución, de 37 carillas, la Corte menciona la evolución de las variables económicas y, así, justifica una tasa de interés del 4 por ciento anual, no capitalizable, para ajustar colocaciones pesificadas a las que adiciona la actualización por CER.>

"El interés del 4 por ciento debe aplicarse desde el momento en que comenzaron a regir las normas que dispusieron restricciones a la disponibilidad de los depósitos bancarios o desde la fecha de vencimiento del contrato en el caso de que esta última haya sido posterior a la entrada en vigencia de tales normas o a partir del 28 de febrero de 2002", precisa el fallo.>

Demandas

El juez de la Corte Suprema de Justicia, Carlos Fayt, remarcó hoy el derecho de los ahorristas de demandar por daños y perjuicios, luego de que ayer el máximo tribunal avaló la pesificación. Fayt recomendó además, totalmente "indignado", que los periodistas lean su fallo donde "reitero mi criterio de inconstitucionalidad de la pesificación y reconozco el derecho de los ahorristas de reclamar daños y perjuicios", enfatizó. En tanto, justificó su voto a favor de la pesificación al sostener que era la "única posibilidad de que les devolvieran los depósitos a la gente para que ahora puedan seguir hacia adelante, con el derecho que tienen de reclamar por daños".

Principales puntos

La Dirección de Prensa de la Corte distribuyó un comunicado de prensa que detalla los puntos principales de la sentencia. Allí dice que la Corte resolvió:

- Condenar a los bancos a devolver al ahorrista la totalidad de su depósito convertido en pesos.

- El mecanismo que deberán aplicar los bancos es el de convertir los depósitos a una relación de 1,40 pesos por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago, y sumarle intereses del 4 por ciento anual, no capitalizable.

- La tasa de interés deberá aplicarse desde el momento en que comenzaron a regir las normas que restringieron la disponibilidad.

- El cómputo, según el mecanismo propuesto por la Corte, ubica cada dólar pesificado en el "equivalente al ciento por ciento del valor" de la moneda estadounidense en el mercado.

- "Lo recibido por el ahorrista es imputado como pago y, por lo tanto, queda en manos del ahorrista".

- "Si durante la ejecución de la sentencia el resultado superara el dólar (porque aumenta el CER o la tasa de interés), se debe estar al valor del dólar".

- "Las costas del proceso, en primera y segunda instancia, se confirman y quedan tal cual las impuso la Cámara de Apelaciones".

- "El fallo reafirma la validez constitucional de la pesificación como regla general de la economía; es decir, no hay redolarización de la economía".

- "Lo resuelto por la Corte se aplica a un caso judicial, es decir, únicamente a quienes han iniciado demandas judiciales. Por lo tanto, no tiene efecto alguno sobre quienes aceptaron otras alternativas o no hicieron juicio".

Satisfacción del gobierno

El jefe de Gabinete, Alberto Fernández, aseguró hoy que el fallo de la Corte Suprema que avaló la pesificación de la economía a principios de 2002 "cierra un capítulo de un tema complicado para la Argentina" y genera "certidumbre".

"Finalmente, se ha puesto fin a un tema que llevó muchos años de reclamo. Lo que se logró es la certidumbre sobre este tema, esencialmente", para "los ahorristas que reclamaban, y eso me parece que es bueno", aseveró el jefe de ministros.

Fernández consideró que el fallo que avaló la constitucionalidad de la pesificación y dispuso la devolución de los ahorros al valor actual del dólar "da certeza sobre los derechos que tienen" los ahorristas y "cierra un tema complicado para la Argentina.

"Se ha puesto fin a un tema que llevó muchos años de reclamo. En todo caso, lo que se logró es certidumbre sobre esta cuestión, esencialmente por parte de los ahorristas que reclamaban, y eso me parece bueno", dijo el ministro.

Fernández consideró "bueno" y "saludable dar certeza" en la demanda de los ahorristas, según declaraciones a radio América.

Para el economista Miguel Kiguel, ex presidente del Banco Hipotecario y secretario de Finanzas, "lo importante es que (con el fallo) se despeja la incertidumbre".

El economista señaló que la crisis fue "superada por un crecimiento muy marcado y una recuperación fuerte de los ahorros, ya que los ahorristas recuperan casi todo".

Kiguel descartó, por otro lado, que el fallo del tribunal supremo de la Nación siente jurisprudencia para que en el futuro algún gobierno disponga medidas similares.

Una opinión diferente fue la del economista Aldo Abram, de la consultora Exante, para quien "la Argentina, en vez de resolver un problema, compra nuevos problemas a futuro. Claramente, la señal que da es muy débil en términos de Estado de Derecho y de seguridad jurídica. En la Constitución y en el Código Civil está explícito que no se pueden confiscar los depósitos y, sin embargo, eso fue lo que pasó", indicó Abram.

Por otra parte, representantes de diferentes bancos privados y públicos se excusaron de abrir juicio hasta no concluir con el análisis de la sentencia de la Corte.

Asimismo, un grupo de ahorristas se convocó frente al Palacio de Tribunales y manifestó su rechazo al fallo del Supremo Tribunal, por entender que, más allá de que se les reconozcan los depósitos a valores similares a los actuales en el mercado, "lamentablemente" se dispone la constitucionalidad del decreto 214 de febrero de 2002, que dispuso la pesificación.

El secretario de la Asociación de Ahorristas Damnificados por la Pesificación y el Default (ADAPD), Horacio Vázquez, adelantó que titulares de depósitos analizan recurrir a la Justicia para reclamar por daños, por no haber podido contar con su dinero cuando lo necesitaron.